TRIBUTOS. FERIA INTERNACIONAL DE TURISMO. MADRID. ESPAÑA




Promulgación: 22/03/1988
Publicación: 03/05/1988
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1988
  •    Página: 286
   Visto: la gestión promovida por el Ministerio de Turismo por la cual
solicita la exoneración total del pago de tasas por concepto de
almacenamiento de una variada gama de artículos que le fueran cedidos por
diversos organismos estatales, para su exposición y venta en la Feria
Internacional de Turismo que tuvo lugar en la ciudad de Madrid, en el mes
de febrero próximo pasado.

   Considerando: I) Que el pago de dichas tasas se encuentra regulado por
las disposiciones del decreto 387/983 de 7 de octubre de 1983, en la
redacción dada por el decreto 423/984 del 2 de octubre de 1984;

   II) Que los artículos cedidos a dicha Secretaría de Estado, constituyen
elementos de exhibición y promoción de la mano de obra nacional, así como
contribuyen a la difusión del turismo nacional en el exterior, se estima
pertinente la dispensa del pago de dichas tasas.

   Atento: al informe de la Asesoría Letrada del Ministerio de Defensa
Nacional.

                       El Presidente de la República

                                 DECRETA:

Artículo 1

  Exceptúase del pago de las tasas por concepto de almacenamiento previsto
por el decreto 387/983 del 7 de octubre de 1983, en la redacción dada por
el decreto 423/984 del 2 de octubre de 1984 a los artículos cedidos al
Ministerio de Turismo por diversos organismos estatales, destinados a su
exposición y venta en la Feria Internacional de Turismo, realizada en la
ciudad de Madrid en el mes de febrero del año en curso 1987.

TARIGO - HUGO MEDINA - LUIS MOSCA
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