Partidas No limitativas - No tendrán carácter limitativo las partidas autorizadas por concepto de:
Cuando en función de las necesidades del Organismo estas partidas sean incrementadas, deberá cursarse la correspondiente comunicación a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y al Tribunal de Cuentas en oportunidad de remitir el Balance de Ejecución Presupuestal. (*)
(*)Notas:
Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 236/021 de
22/07/2021.
Ver: Decreto Nº 374/021 de 12/11/2021 artículo 1 (modificaciones en
cuadros).