{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "236" 
  ,"anioNorma" : 2000 
  ,"nombreNorma" : "EXONERACION DE TASA GLOBAL ARANCELARIA Y RECARGOS MINIMOS. UTE - IMPORTACIONES" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2000/08/24/6" 
    ,"fechaPromulgacion" : "16/08/2000" 
  ,"fechaPublicacion" : "24/08/2000" 
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  ,"anio" : 2000 
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  ,"vistos" : " VISTO: el acuerdo celebrado entre el Gobierno de la Federación de Rusia y\r\nel Gobierno de la República Oriental del Uruguay, firmado el 24 de\r\noctubre de 1997 en Moscú, junto con la Nota Reversal Nº 292/999, de la\r\nEmbajada de Uruguay en Moscú y en consideración del Decreto Nº 386/997,\r\nde 17 de octubre de 1997.-\r\n\r\nRESULTANDO: que el artículo 3º del citado Decreto Nº 386/997, faculta a\r\nla Administración Nacional de Usinas y Transmisiones Eléctricas a\r\nsuscribir contratos con la Empresa Estatal de Economía Exterior de la\r\nFederación de Rusia, para la adquisición de materiales.-\r\n\r\nCONSIDERANDO: que resulta conveniente adoptar medidas que faciliten el\r\ncumplimiento del Acuerdo referido en el Visto del presente Decreto, cuyo\r\nobjeto es la cancelación de la deuda que mantiene con nuestro país la ex\r\nUnión de las Repúblicas Socialistas Soviéticas y que ha sido reconocida\r\npor la Federación de Rusia.-\r\n\r\nATENTO: a lo dispuesto por el artículo 18º del Decreto-Ley Nº 15.031, de\r\n4 de julio de 1980.-\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/236-2000/1" 
 ,"textoArticulo" : "  Exonérase del pago de la Tasa Global Arancelaria, incluso el Recargo\r\nMínimo, a las importaciones que realice la Administración Nacional de\r\nUsinas y Transmisiones Eléctricas en el marco del Decreto Nº 386/997, de\r\n17 de octubre de 1997, con el alcance de lo dispuesto por el artículo 18º\r\ndel Decreto-Ley Nº 15.031, de 4 de julio de 1980.-\r\n " 
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 , { "nroArticulo" : "2" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
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 ,"textoArticulo" : "  Comuníquese, publíquese, etc.-\r\n " 
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  ,"firmantes" : " BATLLE - ALBERTO BENSION\r\n " 
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