{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "236" 
  ,"anioNorma" : 1989 
  ,"nombreNorma" : "MODIFICACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE OSE. EJERCICIO 1989" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1989/09/13/6" 
    ,"fechaPromulgacion" : "17/05/1989" 
  ,"fechaPublicacion" : "13/09/1989" 
  ,"urlReferenciasTodaLaNorma" : "/bases/decretos/236-1989?verreferencias=norma" 
  ,"vistos" : "   Visto: la necesidad de realizar una adecuación al Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones de la Administración de las Obras Sanitarias del Estado, correspondiente al Ejercicio 1989. \r\n\r\n   Resultando: I) Que por decreto 802/988, de 23 de noviembre de 1988, se aprobó el Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones correspondiente al Ejercicio 1989, a precios del período noviembre 1987 - febrero 1988;\r\n\r\n   II) Que el Directorio de la Administración de las Obras Sanitarias del Estado otorgó a sus funcionarios aumentos salariales del 13.0%, 16.3% y  20.0.% con vigencia 1º de marzo, 1º de julio y 1º de noviembre de 1988 respectivamente, recogiendo asimismo las variaciones del Salario Mínimo Nacional para aquellos beneficios sociales que evolucionan con éste;\r\n\r\n   III) Que corresponde de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 61 y 62 del citado decreto, ajustar las partidas de gastos tanto de funcionamiento como de inversión, a efectos de recoger las variaciones en el nivel general de precios, salarios y tipo de cambio a diciembre de 1988.\r\n\r\n   Considerando: I) Que los incrementos salariales dispuestos por el Directorio de la Administración de las Obras Sanitarias del Estado, así como las restantes medidas reseñadas, se encuentran comprendidas dentro de los lineamientos de la política económica propiciada por el Poder Ejecutivo;\r\n\r\n   II) Que es necesario realizar una modificación presupuestal que autorice el funcionamiento de las mismas;\r\n\r\n   III) Que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido su informe.\r\n\r\n   Atento: a lo expuesto precedentemente,\r\n\r\n   El Presidente de la República:\r\n\r\n\r\n                               DECRETA: \r\n\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/236-1989/1" 
 ,"textoArticulo" : "      Sustitúyanse las partidas presupuestales correspondientes al Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones de la Administración de las Obras Sanitarias del Estado correspondientes al Ejercicio 1989, de acuerdo con el siguiente detalle:\r\n\r\n                                            N$                  N$\r\n\r\nI. INGRESOS                                                 24:043.600\r\n\r\n   - Ingresos Venta Bienes y \r\n     Servicios                          23.099:848.300\r\n   - Otros Ingresos                        461:758.000 \r\n   - Reaperturas, Multas y \r\n     Recargos                              481:994.300\r\n                                           ___________\r\n\r\nII- PRESUPUESTO OPERATIVO                                    22:886.803\r\n\r\nRubro    Denominación                         N$                  N$\r\n\r\n0          Retribución de Servicios\r\n           Personales                                        8:246.316\r\n011311     Sueldos Básicos \r\n           Presupuestados                   727:034.196\r\n---        Directorio                        14:040.672\r\n011312     Incremento Mayor Horario         190:169.136\r\n011316     Premios Cobradores                13:824.480\r\n021321     Sueldos Contratados            1.652:816.016\r\n021322     Incremento Mayor Horario         427:314.888\r\n021326     Premios Cobradores                18:325.584\r\n036331     Sueldos Jornaleros             1.417:034.952\r\n036332     Incremento Mayor Horario         432:288.372\r\n050        Honorarios                        11:551.824 \r\n061301/a   Horas Extras                     176:178.432\r\n061301/b   Comp. Feriados                   189:924.048\r\n061302/a   Comp. Zona Balnearia              52:426.560\r\n061302/b   Comp. Desarraigo                   7:958.220\r\n061304     Func. distintas al Cargo         193:136.112\r\n062301     Gastos de Representación           1:755.072     \r\n062307     Compensación Guardias            299:191.368\r\n062308     Prima por Antigüedad             734:808.396    \r\n077        Quebranto de Caja                 90:633.276\r\n081        Adelanto a Cuenta                 10:009.440\r\n082        Aumento Abril 1985               810:382.704\r\n           -Racionalizac. Administratia     149:671.116\r\n           -Sueldo Anual Complementario     626:471.642\r\n                                            ___________ \r\n1          Cargas Legales S/Servs.\r\n           Personales                                        2:184.560\r\n111        Aporte patr. al Sist. Seg. Soc 1.669:528.048\r\n121        Aporte por Fallecimiento          17:455.680\r\n122        Aporte Seguro Enfermedad         250:429.207\r\n123        Aporte al F.N.V.                  83:476.402\r\n125        Primas Seguro Accidente de\r\n           Trabajo                           80:195.135\r\n131        .Impuesto a las Retribuciones     83:476.402\r\n                                             __________\r\n2          Materiales y Suministros                           7:248.939\r\n3          Servicios no Personales                            2:616.825\r\n4          Maquinaria, Equipo y\r\n           Mob. Nuevos                                          176.800\r\n7          Subsidios y Transferencias                         2:064.688\r\n751        Prima por Matrimonio              10:719.974\r\n752        Hogar Constituido                430:921.296\r\n753        Prima por Nacimiento              13:643.664\r\n754        Prestaciones por hijos           171:032.280\r\n759        Viático por Alimentación       1.378:080.000\r\n773        Becas                              1:447.394\r\n779        Otras Prestaciones                12:845.580\r\n792        Tributos Municip.                 45:998.272\r\n                                             __________\r\n8          Servicio de Deuda y Anticipos                        348.673\r\n                                                                _______\r\n\r\nIII - PRESUPUESTO DE INVERSIONES                          7.661:870.000 \r\n\r\nRubro         Denominación                                N$\r\n          \r\n0             Retribución de Servicios \r\n              Personales                              693:330.000\r\n1             Cargas Legales Sobre Servicios \r\n              Personales                              190:800.000\r\n2             Materiales y Suministros              2.326:180.000 \r\n3             Servicios no Personales                 938:640.000\r\n4             Maquinaria, Equipo y \r\n              Mobiliario Nuevos1.                     179:090.000\r\n5             Tierras, Edif. y Otros Activos \r\n              Preexist.                               103:800.000\r\n6             Construcciones, Mejoras y \r\n              Rep. Ext.                             2.167:930.000\r\n7             Subsidios y Otras Transferencias         62:100.000           \r\n\r\n   La apertura de las partidas a nivel de programa y proyectos se detallan en anexos<IMAGE SRC=\"http://www.impo.com.uy/imagenes/puntov.jpg\" BORDER=0> que forman parte integrante del presente decreto. \r\n\r\n   Los rubros 0 \"Retribución de Servicios Personales\" 1 \"Cargas Legales Sobre Servicios Personales\" y 7 \"Subsidios y Otras Transferencias\" en lo relativo a beneficios sociales, están expresados a precios de diciembre de 1988.\r\n\r\n   Las asignaciones correspondientes al componente en moneda extranjera estarán estimadas a la cotización de N$ 442,00 (nuevos pesos cuatrocientos cuarenta y dos) por dólar americano. Las partidas en moneda nacional correspondientes a los restantes rubros presupuestales están expresadas a precios de diciembre de 1988.\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<IMAGE SRC=\"http://www.impo.com.uy/imagenes/puntov.jpg\" BORDER=0 ><b><font color=\"#008200\">&nbsp;Ampliar información en imagen electrónica:</font></b> Decreto <a href=\"/diariooficial/1989/09/13/6\" target=\"_blank\">Nº 236/989</a> de \r\n17/05/1989.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/236-1989/2" 
 ,"textoArticulo" : "    La nomenclatura y ordenamiento de cargos o puestos que regirá durante 1989 se expone en el cuadro anexo<IMAGE SRC=\"http://www.impo.com.uy/imagenes/puntov.jpg\"\r\nBORDER=0> que forma parte de éste decreto.\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<IMAGE SRC=\"http://www.impo.com.uy/imagenes/puntov.jpg\" BORDER=0 ><b><font color=\"#008200\">&nbsp;Ampliar información en imagen electrónica:</font></b> Decreto <a href=\"/diariooficial/1989/09/13/6\" target=\"_blank\">Nº 236/989</a> de \r\n17/05/1989.\r\n" 
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 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/236-1989/3" 
 ,"textoArticulo" : "    Dése cuenta a la Asamblea General. \r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/236-1989/4" 
 ,"textoArticulo" : "    Pase a conocimiento del Tribunal de Cuentas. \r\n " 
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 , { "nroArticulo" : "5" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 5" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/236-1989/5" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, publíquese, etc.- \r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " SANGUINETTI - JORGE SANGUINETTI - RICARDO ZERBINO CAVAJANI " 
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