{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "236" 
  ,"anioNorma" : 1968 
  ,"nombreNorma" : "MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS. FUNCIONARIOS. COMPENSACIONES" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1968/04/17/6" 
    ,"fechaPromulgacion" : "04/04/1968" 
  ,"fechaPublicacion" : "17/04/1968" 
  , "vistos" : " Establécese el monto de la compensación que percibirá el Personal Técnico\r\nEspecializado del Ministerio de Obras Públicas (Dirección de Vialidad.\r\nDirección de Hidrografía, Dirección de Arquitectura y Secretaría) cuando\r\npor razones de servicio, deba permanecer a la orden o dedicado\r\nespecialmente a su función. Derógase el Decreto Nº 847/967 en la parte\r\nque se oponga a lo establecido en el presente decreto. " 
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