{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "235" 
  ,"anioNorma" : 1976 
  ,"nombreNorma" : "MODIFICACION DE ARANCELES Y PROVENTOS DE LA DIRECCION GENERAL DE AVIACION CIVIL DEL URUGUAY" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1976/05/10/5" 
    ,"fechaPromulgacion" : "04/05/1976" 
  ,"fechaPublicacion" : "10/05/1976" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 1 
  ,"anio" : 1976 
  ,"pagina" : 962 
  } 
  ,"vistos" : " Visto: la solicitud formulada por la Dirección General de Aviación Civil\r\ndel Uruguay en el sentido de elevar el monto de los Aranceles y Proventos,\r\nestablecidos en el decreto 372, de fecha 2 de agosto de 1966.\r\n\r\nResultando: que dado el tiempo transcurrido desde que se fijaron los\r\nactuales Proventos y Aranceles, está perfectamente justificado su aumento,\r\nde manera de equipararlos con el aumento del costo de la vida y teniendo\r\npresente además, los fines a que están destinados.\r\n\r\nConsiderando: I) Que la ley 13.420 (Rendición de Cuentas), de fecha 2 de\r\ndiciembre de 1965 en su artículo 169º autoriza al Poder Ejecutivo a\r\naprobar las \"Autorizaciones a la Dirección General de Aviación Civil del\r\nUruguay, a actualizar los Proventos y Aranceles\";\r\n\r\nII) Que el último aumento establecido para dichos Proventos, fue\r\nautorizado por el Poder Ejecutivo por decreto 247/972 de fecha 6 de abril\r\nde 1972.\r\n\r\nAtento: a lo informado por la Dirección General de Aviación Civil del\r\nUruguay,\r\n\r\nEl Presidente de la República\r\n\r\n                              DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/235-1976/1" 
 ,"textoArticulo" : " Modifícanse los Aranceles establecidos en el decreto 247/972 de fecha 6 de\r\nabril de 1972, por los siguientes:\r\n\r\n     Certificado de alumno en general, N$ 3.00.\r\n     Derecho examen médico, N$ 1.00.\r\n     Habilitaciones en general, N$ 55.00.\r\n     Licencias en general validez 1 año, N$ 8.00.\r\n     Licencias en general validez 6 meses, N$ 5.00.\r\n     Autorizaciones varias y certificados, N$ 5.00.\r\n     Permisos especiales, N$ 5.00.\r\n     Reválida ciudadano uruguayo, N$ 8.00.\r\n     Reválida extranjeros, N$ 15.00.\r\n     Derechos examen en general, N$ 5.00.\r\n     Derechos examen por repetición de materia 2ª y siguiente, N$ 2.00.\r\n     Rúbrica de libros en general (por libro), N$ 5.00.\r\n     Licencia de mecánico de avión a motor (2 años), N$ 10.00.\r\n     Inspección para la autorización de talleres aeronáuticos, N$ 8.00.\r\n     Certificado de taller autorizado, N$ 10.00.\r\n     Certificado de aeronavegabilidad, N$ 0.50, por HP de motor.\r\n\r\nNOTA: Los duplicados de Licencias en General, autorizaciones y rúbrica de\r\n      libros, etc., se deberá abonar la tasa arriba establecida para el\r\n      documento original.\r\n " 
  ,"urlReferenciasArticulo" : "/bases/decretos/235-1976/1?verreferencias=articulo" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/235-1976/2" 
 ,"textoArticulo" : " Deróganse todas las disposiciones que se opongan a lo preceptuado en este\r\ndecreto.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/235-1976/3" 
 ,"textoArticulo" : " Comuníquese, publíquese, etc.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " BORDABERRY - WALTER RAVENNA - ALEJANDRO VEGH VILLEGAS\r\n " 
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