{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "232" 
  ,"anioNorma" : 1986 
  ,"nombreNorma" : "INDUSTRIA CARNICA" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1986/06/16/5" 
    ,"fechaPromulgacion" : "25/04/1986" 
  ,"fechaPublicacion" : "16/06/1986" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 1 
  ,"anio" : 1986 
  ,"pagina" : 989 
  } 
  ,"vistos" : "   Visto: la decisión del Poder Ejecutivo de no intervenir en la\r\ndeterminación de los precios de la carne, tanto a nivel mayorista como\r\nminorista, dejándola librada al libre juego de la oferta y la demanda.\r\n\r\n  Considerando: que las razones coyunturales esgrimidas en su\r\noportunidad para la fijación de un margen máximo de utilidad bruta\r\npromedio para los comercios de carnicería no mantienen actualmente su\r\nvigencia.\r\n\r\n  Atento: a lo dispuesto por los decretos-leyes 14.810 de 11 de abril de\r\n1978 y 15.605 de 27 de julio de 1984,\r\n\r\n                      El Presidente de la República\r\n\r\n                                   DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/232-1986/1" 
 ,"textoArticulo" : "   Derógase el decreto 203/982 de 14 de junio de 1982 por el cual se fijaba\r\nen un 15% (quince por ciento) el margen de utilidad bruta promedio que\r\nperciba cada comercio de carnicería por concepto de la comercialización\r\ndel producto al público.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/232-1986/2" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, etc\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " SANGUINETTI - PEDRO BONINO GARMENDIA - RICARDO ZERBINO CAVAJANI\r\n " 
 }