INDUSTRIA AUTOMOTRIZ




Promulgación: 24/04/1980
Publicación: 19/05/1980
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1980
  •    Página: 807
Referencias a toda la norma

Artículo 7

   Créase el Registro de Empresas Importadoras de Vehículos Automotores
autorizadas a operar conforme el régimen establecido en el artículo
anterior. Dicho Registro será llevado por la Comisión de la Industria
Automotriz y sólo serán inscriptas en el mismo, las empresas que cumplan
con los requisitos que se expresan a continuación:
a) (*)
b) (*)
c) (*)

(*)Notas:
Literales a), b) y c) derogado/s por: Decreto Nº 727/991 de 30/12/1991 
artículo 4.

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 232/980 de 24/04/1980 artículo 7.
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