{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "231" 
  ,"anioNorma" : 2014 
  ,"nombreNorma" : "CONTRATACION DE SUPLENTES EN EL SISTEMA DE EMERGENCIA DEL INSTITUTO \r\nNACIONAL DE DONACION Y TRASPLANTE DE CELULAS, TEJIDOS Y ORGANOS" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2014/08/13/17" 
    ,"fechaPromulgacion" : "06/08/2014" 
  ,"fechaPublicacion" : "13/08/2014" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 2014 
  ,"pagina" : 183 
  } 
  ,"referenciasNorma" : " <b>Reglamentario/a de:</b> Ley Nº 18.834 de 04/11/2011 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/leyes/18834-2011/215\" >215</a>.\r\n " 
  ,"vistos" : " VISTO: lo dispuesto por el Articulo 215 de la Ley N° 18.834, de 4 de\r\nnoviembre de 2011;\r\n\r\nRESULTANDO: I) que de acuerdo al mismo, se faculta al Inciso 12\r\n\"Ministerio de Salud Pública\", Unidad Ejecutora 104 \"Instituto Nacional de\r\nDonación y Trasplante de Células, Tejidos y Órganos\", a contratar guardias\r\na retén y suplentes a través de un contrato temporal de derecho público,\r\ncuya retribución se fijará por guardias;\r\n\r\nII) que la referida contratación se realizará con cargo a la partida\r\nasignada por el Artículo 569 de la Ley N° 18.719 de 27 de diciembre de\r\n2010;\r\n\r\nIII) que la partida asignada inicialmente fue incrementada según lo\r\ndispuesto por el Artículo 204 de la Ley N° 18.996 de 7 de noviembre de\r\n2012 y el Articulo 264 de la Ley N° 19.149 de 24 de octubre de 2013;\r\n\r\nIV) que los cuadros de suplentes y las guardias a retén se renovarán cada\r\ntres años, encontrándose, la Unidad Ejecutora 104 \"Instituto Nacional de\r\nDonación y Trasplante de Células, Tejidos y Órganos\", de acuerdo a lo\r\nprevisto por el Articulo 261 de la Ley N° 19.149 de 24 de octubre de 2013,\r\nfacultada a prorrogar por hasta tres años la vigencia de los contratos\r\nsuscriptos al amparo del Artículo 215 de la Ley N° 18.834, de 4 de\r\nnoviembre de 2011;\r\n\r\nCONSIDERANDO: I) que es necesaria la contratación de suplentes en el\r\nsistema de emergencia del Instituto Nacional de Donación y Trasplante de\r\nCélulas, Tejidos y Órganos, a los efectos de evitar acefalías o\r\ninterrupciones;\r\n\r\nII) que resulta conveniente y necesario adecuar el modelo de contrato\r\ntemporal de derecho público a que refiere el Decreto N° 55/011 de 7 de\r\nfebrero de 2011, para la contratación de suplentes que se desempeñan en el\r\nsistema de emergencia del Instituto Nacional de Donación y Trasplante de\r\nCélulas, Tejidos y Órganos;\r\n\r\nATENTO: a lo precedentemente expuesto:\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/231-2014/1" 
 ,"textoArticulo" : "  La resolución de contratación del Poder Ejecutivo cometerá al Director de\r\nla Unidad Ejecutora 104 \"Instituto Nacional de Donación y Transplante de\r\nCélulas, Tejidos y Órganos\" del Inciso 12 \"Ministerio de Salud Pública\",\r\nla suscripción del contrato temporal correspondiente, en el que se\r\nestablecerán las tareas, forma, remuneración, plazo y lugar en que se\r\ndesarrollarán y toda otra estipulación pertinente, conforme al modelo de\r\ncontrato que se aprueba por el presente Decreto.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/231-2014/2" 
 ,"textoArticulo" : "  Los derechos y obligaciones del contratado se regirán por las normas\r\nincluidas en el respectivo contrato.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/231-2014/3" 
 ,"textoArticulo" : "  El plazo de la modalidad que se reglamenta no será superior a tres años,\r\nprorrogable por única vez por hasta el mismo plazo.\r\nEl contratado cesará una vez finalizado el período contractual o la\r\nprórroga, operándose en tales casos la baja automática de la planilla de\r\nliquidación de haberes.\r\nLa contratación no otorgará derechos ni expectativas jurídicamente\r\ninvocables para acceder a un cargo presupuestal.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/231-2014/4" 
 ,"textoArticulo" : "  La selección se realizará mediante concurso a través del Sistema de\r\nReclutamiento y Selección de Recursos Humanos de la Oficina Nacional del\r\nServicio Civil.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "5" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 5" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/231-2014/5" 
 ,"textoArticulo" : "  Los contratos deberán inscribirse a través del módulo Organización y\r\nFuncionarios del Sistema de Gestión Humana (S.G.H.), en el Registro de\r\nVínculos con el Estado (R.V.E.) creado por el Artículo 13 de la Ley N°\r\n18.719, de 27 de diciembre de 2010.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "6" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 6" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/231-2014/6" 
 ,"textoArticulo" : "  La Contaduría General de la Nación realizará las reasignaciones\r\ncorrespondientes a efectos de la financiación de esta modalidad de\r\ncontratación.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "7" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 7" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/231-2014/7" 
 ,"textoArticulo" : "  Apruébase el modelo de Contrato temporal de derecho público para quienes\r\nse desempeñen como suplentes en el sistema de emergencia del Instituto\r\nNacional de Donación y Trasplante de Células, Tejidos y Órganos, que se\r\nincluye en el Anexo I (*), que se considera parte integral de este Decreto.\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Ver:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-originales/231-2014#ANEXOI\" >Texto/imagen</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "8" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 8" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/231-2014/8" 
 ,"textoArticulo" : "  Comuníquese, publíquese. " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " JOSÉ MUJICA - SUSANA MUÑIZ\r\n\r\n " 
 }