{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "231" 
  ,"anioNorma" : 2010 
  ,"nombreNorma" : "APROBACION DEL REGLAMENTO PARA LA CONTRATACION DE TECNICOS EN LA ADMINISTRACION CENTRAL" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2010/08/12/4" 
    ,"fechaPromulgacion" : "30/07/2010" 
  ,"fechaPublicacion" : "12/08/2010" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 2010 
  ,"pagina" : 354 
  } 
  ,"vistos" : " \r\nVISTO: Lo dispuesto en el artículo 6° del Decreto N° 138/010 de 26 de\r\nabril de 2010.\r\n\r\nRESULTANDO: Que la citada norma determinó que la contratación\r\nimpostergable de técnicos se realice mediante concurso, encomendando a la\r\nOficina Nacional del Servicio Civil la elaboración de un procedimiento de\r\nselección abreviado, cuya duración no podrá exceder los noventa días.\r\n\r\nCONSIDERANDO: I) Que la citada Oficina ha elaborado un reglamento\r\nconteniendo las etapas y requisitos relativos al procedimiento de\r\nselección aludido, el que se ajusta a las previsiones establecidas en la\r\nnorma citada en el Visto del presente.\r\n\r\nII) Que asimismo la referida Oficina ha adjuntado a dicho reglamento una\r\nserie de documentos a los efectos de facilitar su aplicación, los que\r\nlucen en Anexo al mismo.\r\n\r\nIII) Que el acatamiento de las referidas disposiciones resulta\r\nimprescindible para el logro del objetivo que motiva la presente\r\nreglamentación, por lo que se entiende necesaria su aprobación por el\r\npresente decreto.\r\n\r\nATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto en la norma citada\r\nen el Visto del presente,\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA\r\n                     Actuando en Consejo de Ministros\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/231-2010/1" 
 ,"textoArticulo" : "  Apruébase el \"Reglamento para la contratación de Técnicos en la\r\nAdministración Central\" que figura agregado en Anexo, el que se considera\r\nparte integrante del presente decreto. (*)\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Ver:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-reglamento/231-2010/1\" >Texto</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/231-2010/2" 
 ,"textoArticulo" : "  La Oficina Nacional del Servicio Civil deberá implementar las acciones\r\nnecesarias para la efectiva difusión y aplicación de las normas contenidas\r\nen el Anexo al presente. Dichas acciones serán instrumentadas en los\r\nIncisos a través de las Gerencias de Area de Desarrollo y Gestión Humana o\r\nla unidad organizativa que haga sus veces.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/231-2010/3" 
 ,"textoArticulo" : "  Comuníquese, publíquese.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " JOSE MUJICA - EDUARDO BONOMI - LUIS ALMAGRO - FERNANDO LORENZO - LUIS ROSADILLA - RICARDO EHRLICH - ENRIQUE PINTADO - ROBERTO KREIMERMAN - NELSON LOUSTAUNAU - DANIEL OLESKER - DANIEL GARIN - HECTOR LESCANO - GRACIELA MUSLERA - ANA MARIA VIGNOLI\r\n " 
 }