{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "231" 
  ,"anioNorma" : 1982 
  ,"nombreNorma" : "COMERCIO EXTERIOR" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1982/07/14/6" 
    ,"fechaPromulgacion" : "07/07/1982" 
  ,"fechaPublicacion" : "14/07/1982" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 1982 
  ,"pagina" : 93 
  } 
  ,"vistos" : " Visto: la gestión de la firma Becam S.A. en la que solicita se modifique\r\nel ítem NADI 73.24.01.00 \"Recipientes de hierro o acero para gases\r\ncomprimidos o licuados susceptibles de soportar presiones de trabajo de\r\nmás de 21,5 quilos por centímetro cuadrado\".\r\n\r\nResultando: I) Que la gestionante manifiesta que por dicho ítem se\r\nimportan garrafas para supergás (propano y butano) que son normalmente\r\nsuministradas por la industria nacional, en razón de que el estar\r\nelaboradas las mismas para resistir una presión de servicio de 18,5 quilos\r\npor centímetro cuadrado y debido al margen de seguridad con que cuentan,\r\nllegan a soportar la presión límite que se indica en ese ítem.\r\n\r\nII) Que por tanto se estaría perjudicando a la producción nacional de\r\ngarrafas de supergás;\r\n\r\nIII) Que el Ministerio de Industria y Energía no opone reparos a la\r\npresente gestión.\r\n\r\nConsiderando: que el artículo 2º de la ley 12.670 de 17 de diciembre de\r\n1959 permite al Poder Ejecutivo determinar niveles de protección.\r\n\r\nAtento: a lo informado por el Ministerio de Industria y Energía, el Banco\r\nde la República Oriental del Uruguay y la Asesoría Jurídica del Ministerio\r\nde Economía y Finanzas,\r\n\r\nEl Presidente de la República\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/231-1982/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Modifícase la nomenclatura del ítem NADI número 73.24.01.00 que \r\nquedará redactada de la siguiente manera: \"Susceptibles de soportar presiones de trabajo de más de 50 quilos por centímetro cuadrado\". " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/231-1982/2" 
 ,"textoArticulo" : "           Comuníquese, publíquese, etc.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " ALVAREZ - VALENTIN ARISMENDI - WALTER LUSIARDO AZNAREZ\r\n " 
 }