Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Visto: la solicitud de incremento tarifario de la comisión
Interventora de la Compañía del Gas de Montevideo.
Considerando: el aumento de los combustibles, dispuestos por el Poder
Ejecutivo en el mes de noviembre de 1991.
Atento: a lo informado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto.
El Presidente de la República,
DECRETA
Apruébanse las tarifas máximas del gas por cañería para los servicios a
cargo de la Compañía del Gas de Montevideo, que se aplicarán a los
consumos que se efectúen a partir del 1º de noviembre de 1991, conforme al
detalle siguiente:
TARIFA 1)
Comprende los servicios residenciales
Se compondrá de:
1.1 Un cargo por consumo de gas de N$ 653.20 por m3.
Para consumos de 0 hasta 50 m3 habrá 10 m3 sin cargo.
1.2 Un cargo fijo mensual:
De 0 a 10 m3..............N$ 11.924.54
De 11 a 50 m3.............N$ 15.607.42
De 51 en adelante.........N$ 22.902.17
TARIFA 2)
Comprende empresas comerciales, de servicios, confiterías y hotelería
en general.
Se compondrá de:
2.1. Un cargo por consumo de gas de N$ 653.20 por m3.
2.2. Un cargo fijo mensual.
De 0 m3 a 10 m3...............N$ 12.723.46
De 11 m3 en adelante..........N$ 51.742.01
TARIFA 3)
Comprende otros usos (servicios a empresas manufactureras, centros de
asistencia médica pública y privada, dependencias estatales).
Se compondrá de:
3.1. Un cargo fijo por consumo de gas: N$ 653.20/m3.
3.2. Un cargo fijo mensual de : N$ 106.942.22.