FIJACION DE TARIFAS DE GAS NATURAL. COMPAÑIA DEL GAS DE MONTEVIDEO. NOVIEMBRE 1991




Promulgación: 17/01/1992
Publicación: 07/05/1992
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
     Visto: la solicitud de incremento tarifario de la comisión
Interventora de la Compañía del Gas de Montevideo.

     Considerando: el aumento de los combustibles, dispuestos por el Poder
Ejecutivo en el mes de noviembre de 1991.

     Atento: a lo informado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto.

     El Presidente de la República,

                                   DECRETA

Artículo 1

   Apruébanse las tarifas máximas del gas por cañería para los servicios a
cargo de la Compañía del Gas de Montevideo, que se aplicarán a los
consumos que se efectúen a partir del 1º de noviembre de 1991, conforme al
detalle siguiente:

     TARIFA      1)

     Comprende los servicios residenciales

     Se compondrá de:

     1.1 Un cargo por consumo de gas de N$ 653.20 por m3.

     Para consumos de 0 hasta 50 m3 habrá 10 m3 sin cargo.

     1.2 Un cargo fijo mensual:

                  De 0 a 10 m3..............N$ 11.924.54
                  De 11 a 50 m3.............N$ 15.607.42
                  De 51 en adelante.........N$ 22.902.17

     TARIFA 2)

     Comprende empresas comerciales, de servicios, confiterías y hotelería
en general.

     Se compondrá de:

     2.1. Un cargo por consumo de gas de N$ 653.20 por m3.
     2.2. Un cargo fijo mensual.

                   De 0 m3 a 10 m3...............N$ 12.723.46
                   De 11 m3 en adelante..........N$ 51.742.01

     TARIFA 3)

     Comprende otros usos (servicios a empresas manufactureras, centros de
asistencia médica pública y privada, dependencias estatales).

     Se compondrá de:

     3.1. Un cargo fijo por consumo de gas: N$ 653.20/m3.
     3.2. Un cargo fijo mensual de : N$ 106.942.22. 

Artículo 2

   A los precios que se establecen en el artículo 1º deberá adicionárseles
los impuestos que en cada caso correspondan. 

Artículo 3

   Comuníquese, publíquese y pase a la Comisión Interventora de la
Compañía del Gas de Montevideo. 

LACALLE HERRERA - AUGUSTO MONTESDEOCA - ENRIQUE BRAGA SILVA 
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