{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "23" 
  ,"anioNorma" : 1980 
  ,"nombreNorma" : "FIJACION DE GASTOS DE ALQUILER DE RESIDENCIA DE FUNCIONARIOS DIPLOMATICOS" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1980/01/30/4" 
    ,"fechaPromulgacion" : "15/01/1980" 
  ,"fechaPublicacion" : "30/01/1980" 
  ,"vistos" : "      Visto: el decreto del 11 de julio de 1963 sobre gastos de residencia\r\nde funcionarios diplomáticos;\r\n\r\n     Considerando: I) Que el referido decreto dictado antes de la\r\nunificación de las carreras diplomáticas y consular, contempla sólo la\r\nsituación de quienes ejercen funciones diplomáticas;\r\n\r\n     II) Que actualmente todos los funcionarios del Escalafón del Servicio\r\nExterior pueden desempeñar indistintamente tareas diplomáticas o\r\nconsulares, por el cual deben estar amparados en un mismo régimen jurídico\r\nen lo referente a gastos de residencia, superándose la situación de\r\ndesigualdad actualmente vigente;\r\n\r\n     El Presidente de la República,\r\n\r\n                               DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/23-1980/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Las oficinas consulares podrán hacerse cargo parcialmente de los gastos\r\nde alquiler de residencia de los funcionarios adscriptos a ella, en las\r\ncondiciones previstas en el artículo 2° del decreto del 11 de julio de\r\n1963. " 
  ,"urlReferenciasArticulo" : "/bases/decretos/23-1980/1?verreferencias=articulo" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/23-1980/2" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, etc.- \r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " MENDEZ - JULIO CESAR LUPINACCI\r\n " 
 }