{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "23" 
  ,"anioNorma" : 1978 
  ,"nombreNorma" : "DECLARACION DE INTERES NACIONAL EL RESCATE ARQUEOLOGICO DE VILLA PURIFICACION, SEDE DEL PROTECTORADO DE LOS PUEBLOS LIBRES - GENERAL JOSE ARTIGAS" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1978/01/25/7" 
    ,"fechaPromulgacion" : "17/01/1978" 
  ,"fechaPublicacion" : "25/01/1978" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 1 
  ,"anio" : 1978 
  ,"pagina" : 78 
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  ,"vistos" : "    Visto: la necesidad de impulsar los trabajos tendientes al rescate\r\narqueológico de la Villa de Purificación, sede del Protectorado de los\r\nPueblos Libres, para formar en torno a ella un centro de exaltación a la\r\nmemoria del General José Artigas.\r\n\r\n   Considerando: I) Que la ley 14.040 de 20 de octubre de 1971, puso bajo\r\nel patrocinio de la Comisión del Patrimonio Histórico, Artístico y\r\nCultural de la Nación la preservación de los bienes culturales de la\r\nNación;\r\n\r\nII) Que el decreto 536/972 reglamentario de la citada ley, estableció las\r\ncondiciones técnicas mediante las cuales deben llevarse a cabo los\r\ntrabajos de rescate arqueológico, en todo el territorio nacional;\r\n\r\nIII) Que a los efectos de evaluar y realizar los trabajos arqueológicos a\r\nefectuarse en la Villa de Purificación es necesario integrar una Comisión\r\ntécnica especial;\r\n\r\nIV) Que la Comisión del Patrimonio Histórico, Artístico y Cultural de la\r\nNación propone a los profesores señores Francisco Olivera y Antonio Taddei\r\ncomo Directores Técnicos de las obras de rescate arqueológico y a la\r\nlicenciada señorita María Luisa Gutiérrez Amaro y profesor señor Gregorio\r\nLaforcada, como encargados de los trabajos de campo;\r\n\r\nV) Que además de la intervención que en estos trabajos le corresponde a la\r\nComisión del Patrimonio Histórico, Artístico y Cultural de la Nación,\r\nrelativa a la supervisión y demás competencias que le han sido asignadas\r\nen las citadas normas legales, es necesario contar con la cooperación del\r\nMinisterio de Educación y Cultura, del Ministerio de Defensa Nacional, del\r\nMinisterio de Transporte y Obras Públicas, de la División de Ejército III\r\ny de la Intendencia de Paysandú;\r\n\r\nVI) Que con la finalidad de lograr un desarrollo armónico y eficaz de los\r\ntrabajos, los organismos mencionados en el numeral anterior deberán\r\ndesignar respectivamente, cada uno de ellos, un delegado, para formar una\r\ncomisión especial de coordinación y apoyo.\r\n\r\n   Atento: a lo antes expuesto, al informe favorable de la Comisión del\r\nPatrimonio Histórico, Artístico y Cultural de la Nación y a lo dispuesto\r\nen la ley 14.040, de 20 de octubre de 1971, y al decreto 536/972,\r\n\r\n                       El Presidente de la República\r\n\r\n                              DECRETA:\r\n " 
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  { "nroArticulo" : "1" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/23-1978/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Declárase de Interés Nacional los trabajos de prospección arqueológica\r\nque deben efectuarse en la Villa de Purificación, sede del Protectorado de\r\nlos Pueblos Libres, para descubrir la traza de su planta y formar en torno\r\na ella un centro de exaltación a la memoria del General José Artigas.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/23-1978/2" 
 ,"textoArticulo" : " Desígnanse Directores Técnicos de las obras de investigación previa y\r\nprospección arqueológica a los arqueólogos profesores Francisco Olivera y\r\nAntonio Taddei y los encargados de los trabajos de campo a la licenciada\r\nseñorita María Luisa Gutiérrez Amaro y al profesor Gregorio Laforcada.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/23-1978/3" 
 ,"textoArticulo" : " Los trabajos se realizarán bajo la supervisión de la Comisión del\r\nPatrimonio Histórico, Artístico y Cultural de la Nación, con sujeción a la\r\nley 14.040 y al decreto 536/972.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/23-1978/4" 
 ,"textoArticulo" : " El Ministerio de Educación y Cultura, el Ministerio de Defensa Nacional,\r\nel Ministerio de Transporte y Obras Públicas, División del Ejército III,\r\nla Intendencia Departamental de Paysandú y la Comisión del Patrimonio\r\nHistórico, Artístico y Cultural de la Nación, designarán respectivamente\r\nun delegado, los que integrarán una Comisión Especial de Coordinación y\r\nApoyo de los trabajos técnicos.\r\n " 
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 , { "nroArticulo" : "5" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 5" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/23-1978/5" 
 ,"textoArticulo" : " Los organismos mencionados proporcionarán los recursos y elementos\r\nnecesarios para la realización de la obra.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "6" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 6" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/23-1978/6" 
 ,"textoArticulo" : " Comuníquese a la Comisión del Patrimonio Histórico, Artístico y Cultural\r\nde la Nación, al Ministerio de Educación y Cultura, al Ministerio de\r\nDefensa Nacional, al Ministerio de Transporte y Obras Públicas, a la\r\nDivisión de Ejército III y a la Intendencia Departamental de Paysandú.\r\n " 
  } 
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  ,"firmantes" : "    MENDEZ - DANIEL DARRACQ - WALTER RAVENNA - EDUARDO J. SAMPSON " 
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