{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "229" 
  ,"anioNorma" : 2001 
  ,"nombreNorma" : "AUTORIZACION DE PRORROGA DE SUBSIDIO POR DESEMPLEO. POLIMEROS URUGUAYOS S.A." 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2001/06/29/20" 
    ,"fechaPromulgacion" : "20/06/2001" 
  ,"fechaPublicacion" : "29/06/2001" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "2" 
  ,"semestre" : 1 
  ,"anio" : 2001 
  ,"pagina" : 1572 
  } 
  ,"referenciasNorma" : " <b>Reglamentario/a de:</b> Ley <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/leyes/17346-2001\" >Nº 17.346</a> de 06/06/2001.\r\n " 
  ,"urlReferenciasTodaLaNorma" : "/bases/decretos/229-2001?verreferencias=norma" 
  ,"vistos" : " VISTO: Lo dispuesto en la Ley Nº 17.346 de 6 de junio de 2001.\r\n\r\nRESULTANDO: Que la mencionada norma legal, faculta al Ministerio de \r\nTrabajo y Seguridad Social a extender la cobertura del beneficio del \r\nSeguro por Desempleo a los trabajadores de la Empresa Polímeros Uruguayos \r\nS.A., afectados por la situación de la referida empresa en los términos, \r\nplazos y condiciones que establezca la reglamentación.\r\n\r\nCONSIDERANDO: Que se entiende conveniente la reglamentación de la \r\nprecitada norma legal.\r\n\r\nATENTO: A lo precedentemente expuesto.\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       \r\n                                                                          \r\n                                 DECRETA                                  \r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/229-2001/1" 
 ,"textoArticulo" : "  Facúltase al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a extender la \r\ncobertura del beneficio del Seguro por Desempleo, al personal de la \r\nempresa Polímeros Uruguayos S.A. que hayan agotado el plazo máximo de \r\ncobertura (artículos 7º y 10º del Decreto Ley Nº 15.180, de 20 de agosto \r\nde 1981), así como para aquéllos que aún continúen en el goce del \r\nreferido beneficio.\r\n " 
  ,"urlReferenciasArticulo" : "/bases/decretos/229-2001/1?verreferencias=articulo" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/229-2001/2" 
 ,"textoArticulo" : "  El Plazo máximo que tendrá la extensión a que refiere la norma legal que \r\nse reglamenta, será de 180 (ciento ochenta), días a partir del mes \r\ninmediato posterior al cese del respectivo subsidio.\r\n " 
  ,"urlReferenciasArticulo" : "/bases/decretos/229-2001/2?verreferencias=articulo" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/229-2001/3" 
 ,"textoArticulo" : "  A los efectos del beneficio indicado, no se tendrán en cuenta las \r\nampliaciones al subsidio ya otorgadas al amparo de lo que dispone el \r\nartículo 10º del Decreto Ley Nº 15.180, de 20 de agosto del 1981.\r\n " 
  ,"urlReferenciasArticulo" : "/bases/decretos/229-2001/3?verreferencias=articulo" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/229-2001/4" 
 ,"textoArticulo" : "  El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, de hacer uso de la facultad \r\nlegal, comunicará al Banco de Previsión Social, el período de extensión \r\nque otorgue a los trabajadores de la Empresa Polímeros Uruguayos S.A.\r\n " 
  ,"urlReferenciasArticulo" : "/bases/decretos/229-2001/4?verreferencias=articulo" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "5" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 5" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/229-2001/5" 
 ,"textoArticulo" : "  El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social tendrá en cuenta para la \r\nextensión a que se encuentra facultado, la posibilidad de que la Empresa \r\nrevierta su situación, en cuyo caso podrá dejar sin efecto los beneficios \r\nconcedidos.\r\n " 
  ,"urlReferenciasArticulo" : "/bases/decretos/229-2001/5?verreferencias=articulo" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "6" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 6" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/229-2001/6" 
 ,"textoArticulo" : "  Comuníquese, publíquese, etc.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " BATLLE - ALVARO ALONSO - ALBERTO BENSION\r\n\r\n\r\n " 
 }