{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "228" 
  ,"anioNorma" : 2024 
  ,"nombreNorma" : "MODIFICACION DEL DECRETO 298/022, REGLAMENTARIO DEL ART. 310 DE LA LEY 19.996, RELATIVO A LOS CRITERIOS GENERALES QUE DEBERAN REUNIR LOS PROYECTOS PRODUCTIVOS A SER PRESENTADOS POR PARTE DE LOS COLONOS Y EL PROCEDIMIENTO DE APROBACION DE LOS MISMOS\r\n" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2024/08/22/3" 
    ,"fechaPromulgacion" : "16/08/2024" 
  ,"fechaPublicacion" : "22/08/2024" 
  ,"vistos" : "    VISTO: el Decreto N° 298/022, de 15 de setiembre de 2022;\r\n\r\n   RESULTANDO: I) que el referido Decreto reglamenta el artículo 310 de la Ley N° 19.996, de 3 de noviembre de 2021, que facultó al Instituto Nacional de Colonización a subsidiar los intereses de préstamos de proyectos que presenten los colonos ante entidades de financiamiento, y a garantizar los créditos solicitados por los colonos ante las entidades de financiamiento, cuando estas lo requieran;\r\n\r\n   II) que el Decreto N° 298/022, en su artículo 3° estableció que el Ministerio de Economía y Finanzas, previa autorización del Instituto Nacional de Colonización, depositará en el Banco de la República Oriental del Uruguay, con cargo a las obligaciones que Rentas Generales tiene con dicho Instituto, la suma de UI 12.044.653 (doce millones cuarenta y cuatro mil seiscientos cincuenta y tres unidades indexadas) destinadas exclusivamente a subsidiar los intereses de los préstamos, y la suma de UI 37.639.541 (treinta y siete millones seiscientos treinta y nueve mil quinientas cuarenta y un unidades indexadas) destinadas exclusivamente a garantizar los citados préstamos;\r\n\r\n   CONSIDERANDO: que se padeció error al establecer la fuente de financiamiento;\r\n\r\n   ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por numeral 4° del artículo 168 de la Constitución de la República; \r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/228-2024/1" 
 ,"textoArticulo" : "    (*) " 
  ,"notasArticulo" : "<b><font color=\"#0000FF\">Este artículo dio nueva redacción a:</font></b> Decreto Nº 298/022 de 15/09/2022 \r\nartículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/298-2022/3\" >3</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/228-2024/2" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, etc.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : "    BEATRIZ ARGIMÓN - FERNANDO MATTOS - AZUCENA ARBELECHE\r\n " 
 }