{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "228" 
  ,"anioNorma" : 2013 
  ,"nombreNorma" : "DECLARACION DE INTERES NACIONAL. PROYECTO DE INVERSION. UNIDAD ALIMENTARIA DE MONTEVIDEO" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2013/08/13/10" 
    ,"fechaPromulgacion" : "07/08/2013" 
  ,"fechaPublicacion" : "13/08/2013" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 2013 
  ,"pagina" : 377 
  } 
  ,"vistos" : " \r\nVISTO: la actividad a desarrollar por la Unidad Alimentaria de Montevideo,\r\npersona pública no estatal, creada por Ley N° 18.832, de 28 de octubre de\r\n2011.-\r\n\r\nRESULTANDO: I) que entre sus objetivos está crear, desarrollar y mantener\r\nun centro de comercialización y distribución de alimentos y actividades\r\nvinculadas a nivel mayorista.-\r\n\r\nII) que para cumplir con ese cometido, deberá construir un centro de\r\nacopio y distribución de alimentos.-\r\n\r\nCONSIDERANDO: conveniente otorgar a la actividad descripta en los\r\nResultandos I) y II), aquellos beneficios tributarios que coadyuven a su\r\nrealización, en mérito a su importancia para promover la eficiencia en la\r\ncadena de acopio, distribución y logística, así como contemplar objetivos\r\nsociales tales como calidad y seguridad alimentaria.-\r\n\r\nATENTO: a las facultades otorgadas al Poder Ejecutivo por el Decreto-Ley\r\nN° 14.178, de 28 de marzo de 1974 y por la Ley N° 16.906, de 7 de enero de\r\n1998 y a que se cuenta con el dictamen favorable de la COMAP.-\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/228-2013/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Declárase promovida de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 11° de la Ley N° 16.906 de 7 de enero de 1998, la actividad de construcción y equipamiento de un centro de comercialización y distribución de alimentos por parte de la Unidad Agroalimentaria Metropolitana. (*) " 
  ,"notasArticulo" : "<b><font color=\"#0000FF\">Redacción dada por:</font></b> Decreto Nº 235/020 de 19/08/2020 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/235-2020/1\" >1</a>.\r\n<b>Ver en esta norma, artículos:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/228-2013/2\" >2</a>, <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/228-2013/3\" >3</a> y <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/228-2013/3_BIS\" >3 - BIS</a>.\r\n<br><b><font color=\"#008200\">TEXTO ORIGINAL:</font></b> Decreto Nº 228/013 de 07/08/2013 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-originales/228-2013/1\" >1</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/228-2013/2" 
 ,"textoArticulo" : "    Otórgase la exoneración de todo recargo, incluso el mínimo, del Impuesto Aduanero único a la importación, de la Tasa de movilización de Bultos, de la Tasa Consular y, en general de todo tributo, incluyendo el Impuesto al Valor Agregado, a los bienes destinados a integrar el costo de la inversión en la obra civil a que refiere el artículo 1°, importados\r\ndirectamente por la Unidad Alimentaria de Montevideo, siempre que hayan\r\nsido declarados no competitivos con la industria nacional.-\r\n   Asimismo, otórgase la exoneración de todo recargo, incluso el mínimo, del Impuesto Aduanero Único a la Importación, de la Tasa de Movilización de Bultos, de la Tasa Consular y, en general de todo tributo, incluyendo el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A), a los bienes muebles importados destinados a integrar el costo de inversión inicial para la puesta en funcionamiento del referido centro de comercialización y distribución, siempre que sean importados directamente por la referida Unidad y hayan sido declarados no competitivos con la industria nacional. (*) " 
  ,"notasArticulo" : "Inciso 2º) <b><font color=\"#0000FF\">agregado/s por:</font></b> Decreto Nº 235/020 de 19/08/2020 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/235-2020/2\" >2</a>.\r\n<b>Ver en esta norma, artículo:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/228-2013/3_BIS\" >3 - BIS</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/228-2013/3" 
 ,"textoArticulo" : "    Otórgase un crédito por el Impuesto al Valor Agregado (IVA) incluido en\r\nlas adquisiciones de bienes y servicios destinados a integrar el costo de\r\nla obra civil a que refiere el artículo 1°. Dicho crédito será\r\nmaterializado mediante certificados de crédito en el régimen\r\ncorrespondiente a los exportadores, en las condiciones que determine la\r\nDirección General Impositiva.-\r\n   Asimismo, otórgase un crédito por el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A), incluido en las adquisiciones de bienes muebles destinados a integrar el costo de inversión inicial para la puesta en funcionamiento del referido centro de comercialización y distribución, en las mismas condiciones a las establecidas en el inciso anterior. (*) " 
  ,"notasArticulo" : "Inciso 2º) <b><font color=\"#0000FF\">agregado/s por:</font></b> Decreto Nº 235/020 de 19/08/2020 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/235-2020/3\" >3</a>.\r\n<b>Ver en esta norma, artículo:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/228-2013/3_BIS\" >3 - BIS</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "BIS" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3-BIS" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/228-2013/3_BIS" 
 ,"textoArticulo" : "    A efectos de lo dispuesto en los artículos precedentes, se entiende que los bienes muebles destinados a integrar el costo de la inversión inicial para la puesta en funcionamiento del referido centro de comercialización y distribución, son los adquiridos hasta el 31 de julio de 2021. (*) " 
  ,"notasArticulo" : "<b><font color=\"#0000FF\">Agregado/s por:</font></b> Decreto Nº 235/020 de 19/08/2020 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/235-2020/4\" >4</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/228-2013/4" 
 ,"textoArticulo" : "  Comuníquese, publíquese, archívese.-\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " JOSÉ MUJICA - FERNANDO LORENZO - TABARÉ AGUERRE\r\n " 
 }