{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "228" 
  ,"anioNorma" : 1984 
  ,"nombreNorma" : "APROBACION DE TARIFAS DE UTE. MAYO 1984" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1984/07/11/4" 
    ,"fechaPromulgacion" : "06/06/1984" 
  ,"fechaPublicacion" : "11/07/1984" 
  ,"vistos" : "    Visto: el proyecto de tarifas de la Administración Nacional de Usinas \r\ny Trasmisiones Eléctricas, a regir a partir del 1º de mayo de 1984.\r\n   \r\n   Visto: el proyecto de tasas denominadas \"B\" y \"C\" aplicadas por la citada Administración por concepto de gestiones diversas de trámite de servicios eléctricos y servicios varios de carácter permanente prestados al suscritor, respectivamente.\r\n\r\n   Considerando: que de los asesoramientos recabados surge que procede aprobar dichos cuadros de tarifas y tasas.\r\n\r\n   Atento: al lo informado por la Dirección Nacional de Energía del Ministerio de Industria y Energía, y por la Secretaría de Planeamiento, Coordinación y Difusión.\r\n\r\n   El Presidente de la República\r\n\r\n                              DECRETA: " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/228-1984/1" 
 ,"textoArticulo" : "   Apruébanse las tarifas de energía eléctrica para los servicios a cargo de la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas que regirán a partir del 1º de mayo de 1984, y que se detallan a \r\ncontinuación: (*)\r\n\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Ver:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-originales/228-1984/1\" >Texto/imagen</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/228-1984/2" 
 ,"textoArticulo" : "   Apruébanse las siguientes tasas denominadas \"B\" por concepto de gestiones diversas de trámite de servicios eléctricos, las que tendrán vigencia a partir del día posterior de la fecha de aprobación del \r\npresente Decreto. (*)\r\n\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Ver:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-originales/228-1984/2\" >Texto/imagen</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/228-1984/3" 
 ,"textoArticulo" : "   Apruébanse las siguientes tasas mensuales denominadas \"C\" por concepto de servicios varios de carácter permanente brindados al suscritor, las \r\nque regirán a partir del día 1º de mayo de 1984. (*)\r\n\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Ver:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-originales/228-1984/3\" >Texto/imagen</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/228-1984/4" 
 ,"textoArticulo" : "   Comuníquese, publíquese, etc.- " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " ALVAREZ - FILIBERTO GINZO GIL - ALEJANDRO VEGH VILLEGAS " 
 }