REGULACION DE LAS CASAS EXPORTADORAS DE PRODUCTOS MANUFACTURADOS NACIONALES




Promulgación: 20/03/1975
Publicación: 09/04/1975
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1975
  •    Página: 518

Artículo 5

Las Casas Exportadoras definidas en el artículo 1º de este decreto,
salvo autorización expresa del Poder Ejecutivo, no podrán dedicarse a
otras actividades que las definidas.
 La violación de esta norma traerá aparejado la pérdida de los beneficios
concedidos, sin perjuicio de las sanciones establecidas por la
legislación vigente.
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