{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "228" 
  ,"anioNorma" : 1968 
  ,"nombreNorma" : "VITIVINICULTURA. FERMENTACION Y CIRCULACION DE ORUJOS SIN DESTILAR. PROHIBICION" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1968/04/03/5" 
    ,"fechaPromulgacion" : "28/03/1968" 
  ,"fechaPublicacion" : "03/04/1968" 
  , "vistos" : " Determínase que las prohibiciones para las fermentaciones y para la \r\ncirculación de orujos sin destilar, a que se refieren los artículos 7 y \r\n18 del Decreto Nº 192/967, tendrán vigencia a partir del 20 de abril de \r\n1968. " 
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  ,"firmantes" : "  " 
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