DEROGACION DEL DECRETO 373/003, RELATIVO A LA GESTION DE BATERIAS USADAS O A SER DESECHADAS




Promulgación: 20/10/2025
Publicación: 05/11/2025
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.829 de 18/09/2019 artículo 5 literal H).

CAPÍTULO IV - PLANES MAESTROS

Artículo 22

   (Adecuación de importadores y fabricantes). Los importadores y fabricantes de baterías que a la fecha de entrada en vigencia de este Decreto cuenten con un plan maestro, aprobado en el marco del Decreto N° 373/003, de 10 de setiembre de 2003, y decidan continuar con la gestión de esos residuos, deberán realizar la actualización del plan maestro ante el Ministerio de Ambiente, de acuerdo con lo establecido en el presente Decreto, dentro del plazo de 6 (seis) meses, contados a partir de la fecha de vigencia del mismo.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 31 (vigencia).
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