{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "227" 
  ,"anioNorma" : 2019 
  ,"nombreNorma" : "APROBACION DEL PLAN NACIONAL DE LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO Y EL CRIMEN ORGANIZADO TRANSFRONTERIZO" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2019/08/20/3" 
    ,"fechaPromulgacion" : "12/08/2019" 
  ,"fechaPublicacion" : "20/08/2019" 
  ,"vistos" : "    VISTO: lo dispuesto por la Ley N° 19.513, de 14 de julio de 2017 de Lucha contra el Narcotráfico y el Crimen Organizado Transfronterizo;\r\n\r\n   RESULTANDO: I) que el artículo 1° de la Ley N° 19.513 creó la Comisión de Lucha Contra el Narcotráfico y el Crimen Organizado Transfronterizo y dispuso que la misma funcionaría en la órbita de la Presidencia de la República y estaría integrada por el Prosecretario de la Presidencia de la República, los Subsecretarios del Ministerio del Interior, Ministerio de Defensa Nacional, Ministerio de Economía y Finanzas y Ministerio de Relaciones Exteriores, el Banco Central del Uruguay y la Secretaría Nacional para la Lucha Contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo;\r\n\r\n   II) que, asimismo, encomendó a la Comisión mencionada precedentemente la elaboración del Plan Nacional de Lucha contra el Narcotráfico y el Crimen Organizado Transfronterizo;\r\n\r\n   CONSIDERANDO: I) la creciente amenaza que representa el narcotráfico internacional, los delitos conexos y el crimen organizado transfronterizo, los que se encuentran asociados al aumento de la violencia, la criminalidad, la inseguridad pública y la corrupción;\r\n\r\n   II) el impacto negativo que estas actividades ilícitas están causando en los individuos consumidores, las familias y la sociedad en general;\r\n\r\n   III) la necesidad de utilizar todo el potencial del Estado, definiendo competencias, misiones de cada unidad involucrada y mecanismos de coordinación para profundizar las acciones contra el tráfico ilícito de drogas y el crimen organizado transfronterizo;\r\n\r\n   ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por la Ley N° 19.513, de 14 de julio de 2017;\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA\r\n                    -actuando en Consejo de Ministros-\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/227-2019/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Apruébase el Plan Nacional de Lucha contra el Narcotráfico y el Crimen Organizado Transfronterizo, que obra adjunto (*) y forma parte integrante del presente Decreto. " 
  ,"notasArticulo" : "El texto de referencia no fue publicado adjunto a la presente norma en el\r\nDiario Oficial correspondiente.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/227-2019/2" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, publíquese, etc.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : "    TABARÉ VÁZQUEZ - EDUARDO BONOMI - ARIEL BERGAMINO - DANILO ASTORI - JOSÉ BAYARDI - MARÍA JULIA MUÑOZ - VÍCTOR ROSSI - GUILLERMO MONCECCHI - ERNESTO MURRO - JORGE BASSO - ENZO BENECH - LILIAM KECHICHIAN - ENEIDA de LEÓN -  MARINA ARISMENDI " 
 }