APROBACION DEL PLAN NACIONAL DE LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO Y EL CRIMEN ORGANIZADO TRANSFRONTERIZO




Promulgación: 12/08/2019
Publicación: 20/08/2019
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: lo dispuesto por la Ley N° 19.513, de 14 de julio de 2017 de Lucha contra el Narcotráfico y el Crimen Organizado Transfronterizo;

   RESULTANDO: I) que el artículo 1° de la Ley N° 19.513 creó la Comisión de Lucha Contra el Narcotráfico y el Crimen Organizado Transfronterizo y dispuso que la misma funcionaría en la órbita de la Presidencia de la República y estaría integrada por el Prosecretario de la Presidencia de la República, los Subsecretarios del Ministerio del Interior, Ministerio de Defensa Nacional, Ministerio de Economía y Finanzas y Ministerio de Relaciones Exteriores, el Banco Central del Uruguay y la Secretaría Nacional para la Lucha Contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo;

   II) que, asimismo, encomendó a la Comisión mencionada precedentemente la elaboración del Plan Nacional de Lucha contra el Narcotráfico y el Crimen Organizado Transfronterizo;

   CONSIDERANDO: I) la creciente amenaza que representa el narcotráfico internacional, los delitos conexos y el crimen organizado transfronterizo, los que se encuentran asociados al aumento de la violencia, la criminalidad, la inseguridad pública y la corrupción;

   II) el impacto negativo que estas actividades ilícitas están causando en los individuos consumidores, las familias y la sociedad en general;

   III) la necesidad de utilizar todo el potencial del Estado, definiendo competencias, misiones de cada unidad involucrada y mecanismos de coordinación para profundizar las acciones contra el tráfico ilícito de drogas y el crimen organizado transfronterizo;

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por la Ley N° 19.513, de 14 de julio de 2017;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
                    -actuando en Consejo de Ministros-

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Apruébase el Plan Nacional de Lucha contra el Narcotráfico y el Crimen Organizado Transfronterizo, que obra adjunto (*) y forma parte integrante del presente Decreto.

(*)Notas:
El texto de referencia no fue publicado adjunto a la presente norma en el
Diario Oficial correspondiente.

Artículo 2

   Comuníquese, publíquese, etc.

   TABARÉ VÁZQUEZ - EDUARDO BONOMI - ARIEL BERGAMINO - DANILO ASTORI - JOSÉ BAYARDI - MARÍA JULIA MUÑOZ - VÍCTOR ROSSI - GUILLERMO MONCECCHI - ERNESTO MURRO - JORGE BASSO - ENZO BENECH - LILIAM KECHICHIAN - ENEIDA de LEÓN -  MARINA ARISMENDI
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