REGLAMENTACION DE LA LEY 19.529 (LEY DE SALUD MENTAL)




Promulgación: 16/07/2018
Publicación: 27/07/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.529 de 24/08/2017.

CAPÍTULO II - ÓRGANO DE CONTRALOR

Artículo 8

   (Descentralización)
   Para una efectiva ejecución de los cometidos de la Comisión en todo el territorio nacional, las Direcciones Departamentales de Salud del Ministerio de Salud Pública prestarán apoyo material y de recursos humanos siempre que se les requiera, sin perjuicio de que se pueda solicitar apoyo a otras instituciones y organismos locales.
   Las inspecciones y actuaciones serán definidas y conducidas por la Comisión y comunicadas a las Direcciones Departamentales, quedando éstas sujetas a lo que aquella disponga.
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