MODIFICACION A LA APLICACION DE TASAS DEL IMPUESTO ESPECIFICO INTERNO A LA ENAJENACION DE VEHICULOS AUTOMOTORES - ACUERDO SOBRE POLITICA AUTOMOTRIZ DEL MERCOSUR




Promulgación: 18/06/2002
Publicación: 25/06/2002
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2002
  •    Página: 1138
VISTO: el Decreto Nº 505/001, de 19 de diciembre de 2001.-

RESULTANDO: que dicha norma establece modificaciones de las alícuotas del 
Impuesto Específico Interno aplicables a las enajenaciones de vehículos 
automotores.-

CONSIDERANDO: I) que no se han producido los hechos que justificaban el 
incremento previsto en las tasas del Impuesto Específico Interno.-

II) que las actuales condiciones de mercado hacen aconsejable postergar 
la entrada en vigencia de las referidas tasas.-

ATENTO: a lo expuesto.-

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                 DECRETA:                                 

Artículo 1

 (*)

(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 505/001 de 19/12/2001 
artículo 1 Derogada/o.

BATLLE - ALBERTO BENSION


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