Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Visto: la gestión promovida por el Banco de Seguros del Estado en relación a la modificación de asignaciones presupuestales del Presupuesto Operativo 1979.
Considerando: I) Que el Poder Ejecutivo estima justificado el incremento solicitado;
II) Que las asignaciones presupuestales autorizadas para 1979, por decreto 543/979 de fecha 26 de setiembre de 1979, no incluían las
partidas necesarias que permitieran financiar los referidos gastos;
III) Que la Secretaría de Planeamiento, Coordinación y Difusión ha emitido su opinión y el Tribunal de Cuentas su dictamen.
Atento: a lo establecido en el artículo 221 de la Constitución de la República,
El Presidente de la República
DECRETA:
Amplíanse con exclusiva vigencia para 1979 los siguientes rubros del presupuesto operativo del Banco de Seguros del Estado:
PROGRAMA III - ADMINISTRACION GENERAL
Rubro 0: "Retribución de Servicios Personales"
N$ 661.000 00
Renglón Denominación N$
- - -
021 Personal a Contrato ......................... 51.000.00
071 Comisiones agregadas al Sueldo .............. 600.000.00
082 Quebranto de Caja ........................... 10.000.00
__________
Rubro 7: "Transferencias", N$ 200.000.00
Renglón Denominación N$
_ - _
721 Subsidios a entidades ...................... 200.000.00