SERVICIO EXTERIOR - FUNCIONARIOS MILITARES




Promulgación: 26/05/1992
Publicación: 13/07/1992
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
    Visto: la conveniencia de enviar anualmente en carácter de Agregado
Militar Adjunto a la Embajada de la República Oriental del Uruguay en los
Estados Unidos de América, un representante al Colegio Interamericano de
Defensa.

    Resultando: I) Que la participación en el referido Curso reviste
particular importancia, por tratarse del único foro americano concerniente
a la Defensa Continental.

    II) Que desde el inicio del Colegio en 1962, ha concurrido al mismo un
Oficial Superior de nuestra Fuerzas Armadas, por lo que resulta imperioso
mantener la continuidad de dicha representación.

     Considerando: I) Que en caso de no enviar un participante, éste sería
subrogado por un cursante de otro país en los temas concernientes a ambos,
resultando afectada nuestra libertad de expresión en un foro internacional
de tal categoría y trascendencia.

     II) Que por decreto 475/990 de fecha 16 de octubre de 1990, se
establecieron las Agregadurías Militares de la República en las Misiones
Diplomáticas en el extranjero, determinándose su número y países de
destino.

      III) Que dada la importancia a nivel internacional que se atribuye a
este Curso, así como las obligaciones y actividades protocolares que
comprende, es necesario otorgarle un especial tratamiento económico
asignando al concurrente el carácter de Agregado Militar Adjunto a la
Embajada de la República.

      Atento: a lo precedentemente expuesto,

     El Presidente de la República,

                            DECRETA:

Artículo 1

 (*)

(*)Notas:
Este artículo agregó a: Decreto Nº 475/990 de 16/10/1990 artículo 1 
numeral 5º) inciso f).

LACALLE HERRERA - MARIANO R. BRITO - HECTOR GROS ESPIELL
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