{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "225" 
  ,"anioNorma" : 1980 
  ,"nombreNorma" : "AUTORIZACION PARA INCREMENTAR ENTREGA DE COMBUSTIBLE A LA DIRECCION NACIONAL DE TRANSPORTE" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1980/05/23/3" 
    ,"fechaPromulgacion" : "18/04/1980" 
  ,"fechaPublicacion" : "23/05/1980" 
  ,"vistos" : "    Visto: estos antecedentes relativos a la gestión formulada por la Dirección Nacional de Transporte del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, destinada a contar con el combustible necesario para atender la calefacción de dicha sede.\r\n\r\n   Resultando: I) Que la cantidad de combustible de que dispone dicha Dirección resulta insuficiente para los fines propuestos, por lo que solicita un incremento de hasta 3.500 litros de gas-oil mensuales;\r\n\r\n   II) Que esta gestión está limitada al período comprendido durante los meses de mayo a agosto inclusive, del corriente año.\r\n\r\n   Considerando: conveniente proceder en la forma solicitada por la referida Dirección.\r\n\r\n   Atento: a lo dispuesto por los decretos 974/974, de 3 de diciembre de 1974 y 363/975, de 30 de abril de 1975,\r\n\r\n   El Presidente de la República, actuando en Consejo de Ministros\r\n\r\n                              DECRETA: " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/225-1980/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Facúltase al Ministerio de Transporte y Obras Públicas para \r\nincrementar hasta 3.500 (tres mil quinientos) litros mensuales la entrega de gas-oil que, de acuerdo con los decretos 974/974, de 3 de diciembre de 1974 y 363/975, de 30 de abril de 1975 se efectúa a la Dirección Nacional de Transporte de dicho Ministerio, durante los meses de mayo a agosto inclusive, del presente año. " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/225-1980/2" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese y previo conocimiento de la Contaduría Central del Ministerio de Transporte y Obras Públicas vuelva a la Dirección Nacional de Transporte del citado Ministerio.-\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " MENDEZ - MANUEL J. NUÑEZ - ADOLFO FOLLE MARTINEZ - VALENTIN ARISMENDI - WALTER REVENNA - DANIEL DARRACQ - EDUARDO J. SAMPSON - LUIS H. MEYER - CARLOS A. MAESO - ANTONIO CAÑELLAS - TYDEO LARRE BORGES (h.) - FERNANDO BAYARDO BENGOA " 
 }