OBLIGACION DE EXIGENCIA DEL CERTIFICADO EXPEDIDO POR EL REGISTRO GENERAL DE INHIBICIONES O POR LOS REGISTROS DE PRENDA, EN LA CONTRATACION DE CREDITOS PARA LOS PRODUCTORES AGROPECUARIOS
Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Establécese que las instituciones bancarias para el caso de contratación
de créditos para los productores agropecuarios, optarán por exigir el
certificado expedido por el Registro General de Inhibiciones o por los
Registros de Prenda.