POLITICA AGROPECUARIA. GANADO BOVINO




Promulgación: 23/03/1972
Publicación: 05/04/1972

Resumen:

Establécese que toda persona que explote un establecimiento agropecuario
o que, en general, sea tenedor o propietario de reses bovinas, deberá formular declaración jurada de existencias.

Artículo 5


		
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