{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "224" 
  ,"anioNorma" : 2002 
  ,"nombreNorma" : "EXPROPIACION DE BIEN INMUEBLE. SAN JOSE" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2002/06/25/7" 
    ,"fechaPromulgacion" : "18/06/2002" 
  ,"fechaPublicacion" : "25/06/2002" 
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  ,"semestre" : 1 
  ,"anio" : 2002 
  ,"pagina" : 1129 
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  ,"vistos" : " VISTO: la inquietud planteada por el Comando del Regimiento Guardia \r\nRepúblicana - Guardia de Granaderos de la Jefatura de Policía de \r\nMontevideo en relación al inmueble padrón Nº 7794, sito en el paraje \r\nRincón de la Bolsa - Santa Victoria, Octava Sección Judicial del \r\nDepartamento de San José.-\r\n\r\nRESULTANDO: I) que el referido predio es explotado con éxito en \r\nactividades agropecuarias por la Guardia de Granaderos, en virtud de lo \r\ncual la Jefatura de Policía de Montevideo ha manifestado su interés en \r\nexpropiarlo ya que no posee título de propiedad y tiene la posibilidad de \r\nno poder seguir con la explotación por reclamos de quienes puedan \r\nacreditar un mejor derecho sobre el bien.\r\n\r\nII) que el inmueble de referencia se ubica en el Departamento de San \r\nJosé, paraje Rincón de la Bolsa, Santa Victoria, zona rural, Km. 30.200 \r\nde la Ruta Nacional Nº 1, está empadronado con el Nº 7.794 y se señala \r\ncomo fracción A en el plano del Agrimensor E. MULLIN inscripto en la \r\nDirección de Avalúos con el Nº 10 el 31 de agosto de 1936, según el cual \r\nconsta de una superficie de 14 hás 8.446 m, 60 dm. con frente a la calle \r\nAlgarrobo Nº 9000 entre Gaucho Negro y Camino Calcagno.\r\n\r\nIII) que el valor venal del bien descripto fue fijado por la Dirección \r\nNacional de Catastro -Oficina Delegada de San José- en la suma de \r\n2.987,7916 Unidades Reajustables.\r\n\r\nIV) que se ha confeccionado a estos efectos la Autorización para Gastar \r\nNº 175 por la suma de $ 660.987, de la que surge que la inversión se \r\natenderá con cargo al Proyecto Nº 912 Inciso 04, Unidad Ejecutora 4, \r\nPrograma 4, Objeto del Gasto 371 Financiación 1.2.\r\n\r\nV) que se ha agregado fotocopia de la aludida Autorización para Gastar, y \r\nde su complemento de Etapas del Gasto, las cuales lucen a fojas 89 y 90 \r\nrespectivamente.\r\n\r\nCONSIDERANDO: I) que en el caso procede iniciar el procedimiento \r\nexpropiatorio de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 32 de la \r\nConstitución de la República, la Ley Nº 3958 de 28 de marzo de 1912 y \r\ndemás Leyes modificativas y concordantes, con la designación del bien que \r\nserá objeto de la expropiación.\r\n\r\nII) que la calificación legal del fin, indispensable para iniciar el \r\naludido procedimiento, surge de lo dispuesto en el Decreto-Ley Nº 14.307 \r\nde 1º de diciembre de 1974, en el que se declara de utilidad pública la \r\nexpropiación de inmuebles necesarios para ser afectados a los servicios \r\npoliciales del Ministerio del Interior.\r\n\r\nATENTO: a lo expuesto;\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       \r\n                                                                          \r\n                                 DECRETA:                                 \r\n " 
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  { "nroArticulo" : "1" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/224-2002/1" 
 ,"textoArticulo" : "  Desígnase para ser expropiado por utilidad pública el inmueble padrón Nº \r\n7794 del paraje Rincón de la Bolsa, Santa Victoria, Departamento de San \r\nJosé, más ampliamente descripto en el Resultando II del presente.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/224-2002/2" 
 ,"textoArticulo" : "  Cométase al Ministerio del Interior el cumplimiento de los trámites \r\ncorrespondientes al procedimiento expropiatorio.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/224-2002/3" 
 ,"textoArticulo" : "  Comuníquese, etc..-\r\n " 
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  ] 
  ,"firmantes" : " BATLLE - DANIEL BORRELLI\r\n\r\n\r\n " 
 }