VISTO: el Decreto 7/009 de fecha 2 de enero de 2008;
RESULTANDO: I) que el dictado de dicho Decreto atiende a la política de
disminución del gasto prescindible en relación a las misiones y comisiones
de servicios en el exterior, determinando el número de integrantes de cada
Misión Oficial según sea su objeto y país de destino;
II) que en este sentido dispone que todo caso especial de Misión Oficial
que requiera un mayor número de integrantes, debe contar con la
autorización expresa y fundamentada del Señor Secretario de la Presidencia
de la República, o del Señor Ministro de Economía y Finanzas en caso de
que se trate de una Misión Oficial al MERCOSUR;
CONSIDERANDO: que se entiende conveniente exceptuar de lo dispuesto en los
artículos 1º y 2º del precitado Decreto 7/009 las Misiones Oficiales al
exterior del señor Presidente de la República y de su Comitiva;
ATENTO: a lo expuesto precedentemente;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Actuando en Consejo de Ministros
DECRETA:
Artículo 1
Exceptúanse de lo dispuesto en los artículos 1º y 2º del Decreto 7/009 de
fecha 2 de enero de 2009, las Misiones Oficiales al exterior del señor
Presidente de la República y de su Comitiva.
TABARE VAZQUEZ - DAISY TOURNE - PEDRO VAZ - ALVARO GARCIA - JOSE BAYARDI - MARIA SIMON - VICTOR ROSSI - DANIEL MARTINEZ - EDUARDO BONOMI - MARIA JULIA MUÑOZ - ERNESTO AGAZZI - HECTOR LESCANO - CARLOS COLACCE - MARINA ARISMENDI