Reglamentario/a de: Ley Nº 16.736 de 05/01/1996 artículo 615.
Artículo 4
La Comisión, en el marco de lo preceptuado por los literales a) y b) del
artículo 615, integrará un equipo técnico que, sobre los datos
proporcionados por el Instituto Nacional de Estadística de los niños no
alcanzados por el sistema de asignaciones familiares, asesore y apoye las
acciones programáticas del I.NA.ME.