ACUERDOS INTERNACIONALES - COMERCIO EXTERIOR




Promulgación: 25/05/1992
Publicación: 14/07/1992
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1992
  •    Página: 487

Artículo 3

  La Cámara de Industrias del Uruguay deberá informar semestralmente al
Ministerio de Industria, Energía y Minería, y a la Dirección General de
Comercio Exterior acerca del comercio generado recíprocamente al amparo
del Acuerdo Empresarial, así como de las acciones de complementación
acordadas.
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