Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Visto: el Título 11 del Texto Ordenado 1987 que establece normas
sobre el Impuesto Específico Interno y el decreto 96/990, de 21 de febrero
de 1990, donde se reglamenta la liquidación de dicho tributo.
Considerando: I) La necesidad de evitar que por la vía de los
impuestos internos se establezcan gravámenes que impliquen protecciones
efectivas adicionales a las que están dadas por los instrumentos propios
de la política comercial;
II) La conveniencia de proceder a una progresiva adecuación del sector
automotriz a las normas generales que rigen la política comercial.
Atento: A lo expuesto.
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
(*)
(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 178/990 de 18/04/1990
artículo 4.