{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "222" 
  ,"anioNorma" : 1978 
  ,"nombreNorma" : "FIJACION DE LIMITES PARA LAS SECCIONALES JUDICIALES DEL DEPARTAMENTO DE FLORES" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1978/05/03/2" 
    ,"fechaPromulgacion" : "25/04/1978" 
  ,"fechaPublicacion" : "03/05/1978" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 1 
  ,"anio" : 1978 
  ,"pagina" : 674 
  } 
  ,"vistos" : " Visto: el decreto 812/971, de 7 de diciembre de 1971, que fijó los límites\r\nde las seccionales policiales del departamento de Flores.\r\n\r\nConsiderando: que la ley 14.708, de 30 de setiembre de 1977, modificó en\r\nparte los límites indicados, por lo que resulta necesario ajustar la norma\r\nadministrativa legal.\r\n\r\n El Presidente de la República\r\n\r\n                              DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/222-1978/1" 
 ,"textoArticulo" : " Fíjanse los siguientes límites para las seccionales policiales del\r\ndepartamento de Flores:\r\n\r\nA)   Primera Sección: Trinidad.- Calles que circunvalan la ciudad,\r\n     Porongos, Pancho López, José Pedro Ferrer y la calle doctor Lorenzo\r\n     Carnelli;\r\n\r\nB)   Segunda Sección: Porongos.- El río Yí desde la barra del arroyo Tala\r\n     hasta la desembocadura del arroyo Porongos; por éste hasta el Paso de\r\n     Calatayud y desde aquí Camino Nacional hasta una de las calles que\r\n     circunvalando la ciudad de Trinidad, separa las huertas de las\r\n     chacras de la misma; -las expresadas calles de circunvalación hasta\r\n     el Camino departamental que va al Paso del Puerto del río Negro-;\r\n     por este camino hasta la cuchilla del Rincón y esta cuchilla y el\r\n     Camino Vecinal de la misma hasta donde se enfrentan las nacientes del\r\n     arroyo Tala y por este arroyo hasta su desagüe en el río Yí;\r\nC)   Tercera Sección: Marincho.- El río Negro desde la barra del arroyo\r\n     Grande hasta la desembocadura del río Yí; -éste hasta la barra del\r\n     arroyo Tala-; éste hasta sus nacientes en la cuchilla del Rincón y el\r\n     camino y dicha cuchilla hasta su empalme con la cuchilla de Marincho;\r\n     por éste hasta el cruce del Camino Vecinal que desde la ciudad de\r\n     Trinidad va al Paso de los Molles del arroyo Grande; por dicho camino\r\n     hasta el expresado Paso, desde aquí, el arroyo Grande hasta su barra\r\n     en el río Negro;\r\n\r\nD)   Cuarta Sección: Puntas del Sauce.- El Camino Nacional que parte desde\r\n     el Paso de los Molles en el arroyo Grande, límite con el departamento\r\n     de Soriano y que va en dirección a la ciudad de Trinidad, hasta donde\r\n     lo empalma el camino de la cuchilla Marincho; siguiendo por el camino\r\n     de la expresada cuchilla y su continuación por la cuchilla Grande\r\n     Inferior hasta donde se enfrentan las nacientes del río San José;\r\n     este río hasta la barra del arroyo San Gregorio; desde este punto,\r\n     una línea recta divisoria hasta seiscientos (600) metros antes de\r\n     llegar al antiguo mojón separativo de los departamentos de San José,\r\n     Colonia, Soriano y Flores; desde este punto, una línea recta hasta el\r\n     punto en que actualmente se cortan las divisas parcelarias de los\r\n     padrones 5.019 y 11.416 de la Cuarta Sección Judicial del\r\n     departamento de San José y el padrón 5.018 que pasa al departamento\r\n     de Flores; de allí la divisoria actual entre los padrones 5.018 y\r\n     11.416, hasta el eje del camino de ocho (8) metros de ancho que\r\n     separa los padrones 5.018 y 5.015; se seguirá por este eje hacia el\r\n     Noroeste y su prolongación hasta encontrar el cerco del lado Oeste de\r\n     la vía férrea; tomando por dicho cerco y por el límite Oeste de la\r\n     estación \"Arroyo Grande\" de la Administración de los Ferrocarriles\r\n     del Estado (AFE), hacia el Nornordeste hasta el paso a nivel del\r\n     Camino Nacional; prosiguiendo por el eje de este camino hacia el\r\n     Este, hasta el eje de la Ruta nº 12 y por esta ruta hacia el Sur\r\n     hasta encontrar la prolongación de la línea que limita los terrenos\r\n     propiedad de la Administración de los Ferrocarriles del Estado (AFE)\r\n     con el predio padrón 7.265 del departamento de Soriano; de allí,\r\n     dicha línea hasta encontrar el arroyo Grande, por donde seguirá el\r\n     límite separativo de los departamentos de Soriano y Flores hacia el\r\n     Norte hasta el Paso de los Molles;\r\n\r\nE)   Quinta Sección: San Gregorio.- El río San José, desde sus nacientes\r\n     en la cuchilla Grande Inferior hasta la barra del arroyo San\r\n     Gregorio; éste en todo su curso hasta la cuchilla Grande; desde aquí,\r\n     la cuchillla Grande Inferior hasta las nacientes del río San José;\r\n\r\nF)   Sexta Sección: Juan José Castro.- El camino de la cuchilla Grande\r\n     Inferior desde donde se enfrentan las nacientes del arroyo Sarandí\r\n     hasta donde se forman las puntas del arroyo Duraznito, en las\r\n     proximidades del empalme de la cuchilla de Villasboas con la cuchilla\r\n     Grande Inferior, -siguiendo por dicho arroyo hasta el Paso de la\r\n     Arena-, camino que desde dicho Paso, va cruzando por el Paso de las\r\n     Piedras, al Paso de Méndez del arroyo Maciel y por este arroyo hasta\r\n     su barra en el río Yí; este río hasta la desembocadura del arroyo\r\n     Porongos; por éste hasta el desagüe del arroyo Sarandí y por este\r\n     arroyo hasta sus nacientes en la cuchilla Grande Inferior;\r\n\r\nG)   Séptima Sección: Barrio Industrial.- El Camino Nacional desde el\r\n     Paso de Calatayud del arroyo Porongos hasta una de las calles que\r\n     circunvalando la ciudad de Trinidad, separa las huertas de las\r\n     chacras de la misma; las expresadas calles de circunvalación hasta el\r\n     Camino Departamental que va al Paso del Puerto del río Negro; por\r\n     este camino hasta la cuchilla del Rincón; ésta hasta su empalme con\r\n     la cuchilla y su continuación por la cuchilla Grande Inferior hasta\r\n     donde se enfrenten las nacientes del arroyo Sarandí; por éste hasta\r\n     su barra en el arroyo Porongos y por éste hasta su barra en el arroyo\r\n     Porongos y por éste hasta el cruce del Camino Nacional en el Paso de\r\n     Calatayud;\r\n\r\nH)   Octava Sección: Chamangá.- Camino que desde Paso Méndez en el arroyo\r\n     Maciel va cruzando por el Paso de los Membrillos en el arroyo del\r\n     Tala, -por el Paso Piedras del arroyo Chamangá y por el Paso de la\r\n     Arena del arroyo Duraznito-; por este arroyo hasta sus nacientes\r\n     próximas al empalme de la cuchilla de Villasboas en la cuchilla\r\n     Grande Inferior; esta cuchilla en toda su extensión continuando\r\n     camino que limita con departamento de San José hasta nacientes del\r\n     arroyo Maciel y este arroyo hasta el Paso Méndez.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/222-1978/2" 
 ,"textoArticulo" : " Los límites fijados deben considerarse por la línea que determine el\r\ncentro del accidente geográfico, ríos, arroyos, etc., y obras permanentes\r\nque se mencionan.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/222-1978/3" 
 ,"textoArticulo" : " Derógase el decreto 812/971, de 7 de diciembre de 1971.\r\n " 
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 , { "nroArticulo" : "4" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/222-1978/4" 
 ,"textoArticulo" : " Publíquese y adóptense por el Ministerio del Interior, las medidas\r\nnecesarias para la confección por intermedio del Servicio Geográfico\r\nMilitar de los mapas correspondientes, de acuerdo a lo dispuesto por\r\nresolución de fecha 14 de julio de 1970.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " MENDEZ - HUGO LINARES BRUM - WALTER RAVENNA\r\n " 
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