El personal de la Corporación, incluidos los integrantes del Directorio, percibirá mensualmente una prima por antigüedad determinada en función de los años efectivamente trabajados en la actividad bancaria y reconocidos por la Caja de Jubilaciones y Pensiones Bancarias. El importe de la prima por antigüedad que percibirá cada empleado se determina multiplicando el total de años de antigüedad bancaria por el valor básico de la franja que le corresponda de acuerdo con el siguiente detalle:
Franja |
Valor básico al 1° de setiembre de 2024 |
De 1 a 5 años |
$ 1.075 |
De 6 a 10 años |
$ 1.162 |
De 11 a 15 años |
$ 1.205 |
De 16 a 20 años |
$ 1.235 |
De 21 años y más |
$ 1.291 |
(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 9 y 13 (vigencia).Ayuda