CONSEJOS DE SALARIOS. CLASIFICACION POR GRUPOS DE ACTIVIDAD




Promulgación: 10/06/1985
Publicación: 20/06/1985
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1985
  •    Página: 1337
Referencias a toda la norma
   Visto: el decreto 178/985, de fecha 10 de mayo de 1985 publicado en la
prensa de la Capital el 12 de los corrientes, por el cual se dispuso la
clasificación de actividades para el funcionamiento de los Consejos de
Salarios.

   Resultando: que por decreto de fecha 17 de mayo de 1985 se designaron
los delegados de los sectores de los trabajadores, empresarial y del Poder
Ejecutivo para los distintos grupos de actividades con excepción de:
Grupo 44 Limpieza de ropas, Grupo 45 - Peluquería, Grupo 47 - Minería y de
la Industria del papel, Grupo 35, este último en lo que se refiere a la
delegación de los trabajadores.

   Considerando: I) Que la no designación de las delegaciones mencionadas
en el Resultando ocurrieron por no haberse recibido las propuestas de los
sectores interesados;

   II) Que habiéndose subsanado el motivo precedentemente expresado,
corresponde nominar a los respectivos representantes de los grupos de
actividad y a los delegados del Poder Ejecutivo.

   Atento: a los fundamentos expuestos y a lo previsto por los artículos
5, 6, siguientes y concordantes de la ley 10.449, de 12 de noviembre de
1943,

     El Presidente de la República, actuando en Consejo de Ministros

                                  DECRETA:

Artículo 1

   Institúyense Consejos de Salarios, para cada uno de los grupos de
actividad contenidos en el decreto 178/985, del 10 de mayo de 1985, que 
no fueron incluidos en el decreto de 17 de mayo de 1985.

Artículo 2

   Desígnase a las siguientes personas Delegadas de cada uno de los
sectores representados en dichos Consejos de Salarios:

GRUPO 44 - Limpieza de Ropas Delegados del Poder Ejecutivo:

Carlos Gitto.
Alvaro Lavandera.
María I. Elizalde.

 Delegados del Sector Empresarial:

Titular: Isaac Kozolczykc.
Titular: Manuel Antúnez.
Suplente: Pablo Westerfeld.
Suplente: Raúl Ignacio Vila.

Delegados del Sector Trabajadores:

Titular: Raúl Torres.
Titular: Fructuoso Castillo.
Suplente: Ramón Cabrera.

GRUPO 45 - Peluquerías Delegados del Poder Ejecutivo

Alfonso Vivo.
Amalia Pereyra.
Adriana Sanguinetti.

Delegados del Sector Empresarial:

Titular: Julio Duarte.
Titular: Ricardo Sande.

Delegados del Sector Trabajadores:

Titular: Eva Antúnez.
Titular: Graciela Cruz.
Suplente: Judith Rodríguez.
Suplente: María Perdomo.

GRUPO 47 - Minería Delegados del Poder Ejecutivo:

Carlos Gitto.
Laura Ruquero.
Raquel Hourcade.

Delegados del Sector Empresarial:

Titular: Lida Díaz Ayala.
Titular: Sergio D'Angelo.
Suplente: Dr. Francisco Gardil Aldabalde.
Suplente: José María Manfort Corbo.

Delegados del Sector Trabajadores:

Titular: Carlos Amir González.
Titular: Carlos Cabral.
Suplente: Juan Echeverría.
Suplente: Ruben Bonilla.

GRUPO 35 - Industrial del Papel.

Delegados del Sector Trabajadores:

Titular: Walter Silva.
Titular: Alfredo Alvarez.
Suplente: Ricardo Ortega.
Suplente: Juan Bruno.

Artículo 3

   El presente decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en
dos diarios de la capital.

Artículo 4

   Comuníquese, publíquese, etc.

SANGUINETTI - CARLOS MANINI RIOS - MARIO C. FERNANDEZ - RICARDO ZERBINO
CAVAJANI - JUAN VICENTE CHIARINO - ADELA RETA - JORGE SANGUINETTI - CARLOS
JOSE PIRAN - HUGO FERNANDEZ FAINGOLD - RAUL UGARTE ARTOLA - ROBERTO
VAZQUEZ PLATERO
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