FIJACION DE DISPOSICIONES PARA REMATE DE VEHICULOS EN PRESUNTA INFRACCION ADUANERA




Promulgación: 24/04/1978
Publicación: 03/05/1978
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1978
  •    Página: 663
Referencias a toda la norma

Artículo 2

En el caso anterior, el mejor postor sólo deberá agregar a su oferta, como
único pago complementario, la comisión de remate. Deducidos los gastos, el
remanente que no alcanzare a cubrir la totalidad de los tributos se
vertirá en Rentas Generales. Si cubiertos los tributos resultara un saldo
favorable a los interesados se procederá como dispone el artículo 3º del
decreto 45/978.
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