{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "220" 
  ,"anioNorma" : 1989 
  ,"nombreNorma" : "ALERTA SANITARIO. PESTE PORCINA AFRICANA" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1989/08/18/5" 
    ,"fechaPromulgacion" : "10/05/1989" 
  ,"fechaPublicacion" : "18/08/1989" 
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  ,"anio" : 1989 
  ,"pagina" : 589 
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  ,"vistos" : "     Visto: el decreto 479/978, de fecha 16 de agosto de 1978, que declara\r\nel estado de alerta sanitario en todo el territorio nacional, con relación\r\na la peste porcina africana.\r\n\r\nResultando: I)  Por el Art. 9º del referido decreto, se prohibe el\r\ntránsito de cerdos y productos derivados, salvo los especialmente\r\nautorizados por la Dirección General de Servicios Veterinarios, en los\r\ndepartamentos de Artigas, Rivera, Cerro Largo, Treinta y Tres, Rocha y\r\nla 11a. Sección Policial de Salto, como también la tenencia de cerdos,\r\na cualquier título en la zona aduanera de frontera;\r\n\r\nII) La Peste Porcina Africana ha sido erradicada del territorio de la\r\nRepública Federativa del Brasil, habiéndose declarado oficialmente a ese\r\npaís libre de la enfermedad.\r\n\r\nConsiderando: necesario, por tanto, la derogación de las restricciones\r\ncontenidas en el Art. 9º del decreto 479/978, de 16 de agosto de 1978\r\ny sus modificativos ya que actualmente carecen de razones técnicas que\r\nlas sustenten siendo causa de entorpecimientos en el desarrollo\r\npecuario.\r\n\r\nAtento: a la opinión favorable de las oficinas técnicas del Ministerio de\r\nGanadería, Agricultura y Pesca.\r\n\r\n                     El Presidente de la República,\r\n\r\n                               DECRETA:\r\n " 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/220-1989/1" 
 ,"textoArticulo" : "     Derógase el Art. 9º  del decreto 479/978, de fecha 16 de agosto de\r\n1978, en la redacción dada por los decreto 380/980, de 27 de junio de \r\n1980 y 138/982, de 22 de abril de 1982.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/220-1989/2" 
 ,"textoArticulo" : "   Comuníquese, etc.\r\n " 
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  ,"firmantes" : " SANGUINETTI - PEDRO BONINO GARMENDIA - RICARDO ZERBINO CAVAJANI - ANTONIO\r\nMARCHESANO - HUGO M. MEDINA - JORGE SANGUINETTI\r\n " 
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