FIJACION DE LA TASA DE DEVOLUCION DE TRIBUTOS A LAS EXPORTACIONES. ENERO 2013




Promulgación: 21/01/2013
Publicación: 28/01/2013
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2013
  •    Página: 119
VISTO: el régimen de devolución de tributos a las exportaciones,
establecido por la Ley N° 16.492, de 2 de junio de 1994.-

CONSIDERANDO: que corresponde acceder a la solicitud de incorporación de
algunos productos que se exportan por la posición arancelaria
2933.39.99.00.-

ATENTO: a lo expuesto y a lo establecido por la mencionada Ley N° 16.492.-

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Fíjase una tasa de devolución de tributos del 2% (dos por ciento) a las
exportaciones embarcadas a partir de la fecha de vigencia del presente
decreto, para la posición arancelaria 2933.39.99.00.-

Artículo 2

 Comuníquese, publíquese, etc..-

JOSÉ MUJICA - FERNANDO LORENZO - ROBERTO KREIMERMAN - ENZO BENECH
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