TRATAMIENTO PREVENTIVO DE SARNA Y PIOJERA OVINA




Promulgación: 25/01/1982
Publicación: 19/02/1982
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1982
  •    Página: 410
Reglamentario/a de: Decreto Ley Nº 15.225 Derogada/o de 10/12/1981.
Referencias a toda la norma

Artículo 4

   En base a la situación sanitaria imperante en determinadas zonas del
país, la Dirección de Sanidad Animal, podrá exigir la realización de un
segundo tratamiento en los diez (10) a doce (12) días siguientes al
primero.
   La Dirección mencionada deberá dar a conocer, al comienzo del período,
cuáles serán las zonas sujetas a doble tratamiento.
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