{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "22" 
  ,"anioNorma" : 1975 
  ,"nombreNorma" : "FIJACION DE UR, CRA. DICIEMBRE 1974. ENERO 1975" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1975/01/15/10" 
    ,"fechaPromulgacion" : "02/01/1975" 
  ,"fechaPublicacion" : "15/01/1975" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 0 
  ,"anio" : 1975 
  ,"pagina" : 39 
  } 
  ,"vistos" : "      Visto: el sistema de actualización de los precios de los\r\narrendamientos previsto por la ley 14.219 de 4 de julio de 1974.\r\n\r\n     Resultando: que el artículo 15 de la citada ley comete al Poder\r\nEjecutivo la fijación mensual del valor de la Unidad Reajustable, con la\r\nfinalidad de determinar los incrementos a considerar en cada ajuste de\r\nalquiler.\r\n\r\n     Atento: al informe del Banco Hipotecario del Uruguay sobre la\r\nvariación del Indice Medio de Salarios elaborada por la Dirección General\r\nde Estadística y Censos,\r\n\r\n     El Presidente de la República\r\n\r\n                              DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/22-1975/1" 
 ,"textoArticulo" : " Fíjase el valor de la Unidad Reajustable, correspondiente al mes de\r\ndiciembre de 1974, a utilizar a los efectos de lo dispuesto por la ley\r\n14.219 de 4 de julio de 1974 y modificativas, en $ 8.556 (ocho mil\r\nquinientos cincuenta seis pesos m/n).\r\n " 
  ,"urlReferenciasArticulo" : "/bases/decretos/22-1975/1?verreferencias=articulo" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/22-1975/2" 
 ,"textoArticulo" : "   De acuerdo al valor precedentemente establecido y al fijado por el\r\nartículo 15 de la ley 14.219 para el mes de diciembre de 1973, la\r\ndeterminación de los alquileres que se actualizan en el mes de enero de\r\n1975, considerando lo dispuesto por el artículo 119 de la citada norma,\r\nse efectuará multiplicando el último alquiler por el siguiente índice:\r\n1.7112. " 
  ,"urlReferenciasArticulo" : "/bases/decretos/22-1975/2?verreferencias=articulo" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/22-1975/3" 
 ,"textoArticulo" : "   Comuníquese, publíquese, etc. " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : "    BORDABERRY - FEDERICO SONEIRA " 
 }