APROBACION DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONAMIENTO DE LA ESCUELA NAVAL




Promulgación: 03/06/2003
Publicación: 10/06/2003
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2003
  •    Página: 1198
VISTO: la gestión del Comando General de la Armada por la que solicita la 
aprobación del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Escuela 
Naval.-

RESULTANDO: I) que por el Decreto 687/991 del 17 de diciembre de 1991 y 
sus modificativos Decretos 324/992 y 10/000 de 14 de julio de 1992 y 13 
de enero de 2000 respectivamente, se aprobó el Reglamento de Organización 
y Funcionamiento de la Escuela Naval, actualmente vigente.-

II) que el artículo 2do. de la Ley 16.345 de fecha 19 de marzo de 1993, 
recomendó al Poder Ejecutivo la adhesión al Convenio Internacional sobre 
Normas de Formación Titulación y Guardia de la Gente de Mar 1978, ante la 
Organización Marítima Internacional, y la reglamentación que contemple 
todos sus aspectos, a realizar por las Secretarías de Defensa Nacional, 
de Relaciones Exteriores y de Educación y Cultura.-

III) que por el Decreto 497/001 de 18 de diciembre de 2001, se reconoció 
a la Escuela Naval el rango de Institución Académica de Primer Nivel, 
equivalente al de las instituciones universitarias reconocidas de 
conformidad con el Decreto 308/995 de 11 de agosto de 1995 y el Nivel 
Académico de los Títulos de Primer Grado correspondientes a las 
Licenciaturas en Sistemas Navales (egresados de la carrera Naval) y en 
Sistemas Náuticos (egresados de la carrera Mercante) asimilados a la 
denominación establecida en el literal a) del artículo 19 del citado 
Decreto 308/995.-

CONSIDERANDO: I) que el actual reglamento posee un nivel de detalle muy 
importante, el cual no permite la flexibilidad necesaria para adecuar la 
formación de los Alumnos de la Escuela Naval, a los cambios que se van 
produciendo en la enseñanza y en la organización de la Armada.-

II) que en tal sentido, se considera pertinente propiciar un Reglamento 
de Organización y Funcionamiento de la Escuela Naval en un único texto 
que contenga los aspectos fundamentales de la Organización y 
Funcionamiento de la Escuela Naval, y asignar los aspectos más puntuales 
a la reglamentación interna de la Armada.-

III) la necesidad de incluir en el Reglamento, la capacitación y 
evaluación de la Gente de Mar, conforme a los requerimientos de la 
Organización Marítima Internacional.-

IV) que el nuevo Reglamento contiene los lineamientos generales del 
régimen de la Escuela Naval.-

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo informado por la Asesoría 
Letrada del Ministerio de Defensa Nacional y el Comité Ejecutivo para la 
Reforma del Estado.-

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,                      
                                                                          
                                 DECRETA:                                 

Artículo 1

 Apruébase el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Escuela 
Naval, el que figura en Anexo adjunto el cual se considera parte 
integrante del presente Decreto.- (*)

(*)Notas:
Ver: Texto.
Referencias al artículo

Artículo 2

 Derógase el Decreto 687/991 de 17 de diciembre de 1991 y sus 
modificativos Decretos 324/992 y 10/000 de 14 de julio de 1992 y 13 de 
enero de 2000, respectivamente.-

Artículo 3

 Dése cuenta a la Asamblea General, conforme a lo preceptuado en el 
artículo 4to. de la Ley 17.556 de 18 de setiembre de 2002.-

Artículo 4

   Comuníquese, publíquese y pase al Comando General de la Armada a sus efectos. Cumplido, archívese.-

BATLLE - YAMANDU FAU




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