REGLAMENTO SOBRE EL REGIMEN DE PRECIOS Y BENEFICIOS EN EL TRANSPORTE COLECTIVO REGULAR DE PERSONAS POR CARRETERAS




Promulgación: 11/05/2009
Publicación: 20/05/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2009
  •    Página: 1162
Referencias a toda la norma
VISTO: La necesidad de reordenar y sistematizar la reglamentación vigente
en materia de precios (tarifas) y bonificaciones o descuentos, de los
servicios regulares de transporte colectivo de personas por carretera,
tanto en líneas nacionales como internacionales.

RESULTANDO: Que el régimen vigente, establecido por el Decreto Nº 116/993
del 3 de marzo de 1993, ha sufrido numerosas modificaciones a través del
tiempo.

CONSIDERANDO: I) Que es necesario ordenar los procedimientos establecidos
por normas legales y reglamentarias vigentes, así como las prácticas
impuestas por hábitos comerciales, con el fin de dar coherencia y
transparencia al régimen de precios (tarifas) y bonificaciones o
descuentos, así como de evitar distorsiones de los mismos.

II) Que es conveniente asimismo establecer las normas básicas que regulen
la materia.

ATENTO: A lo previsto en el Artículo 51 de la Constitución, en el Artículo
27 del Decreto Ley Nº 10.382 del 13 de febrero de 1943 y, en el Artículo 7
del Decreto Nº 574/974, de 12 de Julio de 1974.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Apruébase el Reglamento sobre el "Régimen de Precios y Beneficios en el
Transporte Colectivo Regular de Personas por Carretera", que se adjunta al
presente y se considera como parte integrante del mismo. (*)

(*)Notas:
Ver: Texto.
Referencias al artículo

TABARE VAZQUEZ - VICTOR ROSSI
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