FIJACION DEL PORCENTAJE MINIMO DE ALCOHOL EN LAS BORRAS LIQUIDAS




Promulgación: 18/06/2007
Publicación: 27/06/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2007
  •    Página: 1308
Referencias a toda la norma

Artículo 2

 Las Borras líquidas deberán ser entregadas para su fiscalización en el lugar y la forma que determine el Instituto Nacional de Vitivinicultura (INAVI). 
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