REGLAMENTACION DE LA MEDALLA DE LA REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY




Promulgación: 13/06/1995
Publicación: 22/06/1995
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1995
  •    Página: 538
Referencias a toda la norma
 Visto: la propuesta del Ministerio de Relaciones Exteriores con relación
a la "Medalla de la República Oriental del Uruguay";

 Considerando: que es conveniente complementar y precisar algunos aspectos
de la referida reglamentación;

 Atento: a la Ley Nº 16.300 de 28 de agosto de 1992 y el Decreto
reglamentario de 16 de marzo de 1993;

                   El Presidente de la República

                              DECRETA:

Artículo 1

   Establecer dos categorías de la "Medalla de la República Oriental del
Uruguay". (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 2.
Referencias al artículo

Artículo 2

    El Ministerio de Relaciones Exteriores regulará todos los aspectos
relativos a lo dispuesto en el artículo anterior.

Artículo 3

    Comuníquese, publíquese, etc.

SANGUINETTI - ALVARO RAMOS
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