{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "216" 
  ,"anioNorma" : 2011 
  ,"nombreNorma" : "AUTORIZACION DE CESION DEL CONTRATO DE COMPRAVENTA DE ACCIONES ORDINARIAS DEL NUEVO BANCO COMERCIAL S.A." 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2011/07/04/5" 
    ,"fechaPromulgacion" : "23/06/2011" 
  ,"fechaPublicacion" : "04/07/2011" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 1 
  ,"anio" : 2011 
  ,"pagina" : 1317 
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  ,"vistos" : " VISTO: la solicitud efectuada por NBC Invest SA RL, NBC Holding BV,\r\nTecevall SA y The Bank of Nova Scotia (Scotiabank) en el sentido de\r\nsolicitar el consentimiento del Estado para ceder los derechos y\r\nobligaciones resultantes del contrato de compraventa de acciones\r\nordinarias del NBC, así como del convenio de sindicación de accionistas y\r\nde los contratos escrow, a favor de Scotia Uruguay Holdings Sa.-\r\n\r\nRESULTANDO: I) que con fecha 6 de setiembre de 2005 se celebró entre el\r\nEstado y los cedentes, un contrato de compraventa de acciones del Nuevo\r\nBanco Comercial S.A., contrato que fuera autorizado por el Poder Ejecutivo\r\nsegún Decreto de 5 de setiembre de 2005.-\r\n\r\nII) que con fecha 3 de diciembre de 2010 se celebró un contrato de\r\ncompraventa entre los cedentes y los cesionarios arriba indicados,\r\nmediante el cual Scotia Uruguay proyecta adquirir el 100% de las Acciones\r\nOrdinarias, lo que se acredita mediante certificado notarial.-\r\n\r\nIII) que la compraventa referida y -consecuentemente- la cesión que se\r\npatrocina, se encontrarán sometidas a la condición suspensiva de que se\r\nobtengan las autorizaciones correspondientes de la autoridad pública.-\r\n\r\nCONSIDERANDO: I) que en virtud de lo establecido en la cláusula 12. 3 del\r\ncontrato de fecha 6 de setiembre de 2005, toda cesión contractual debe ser\r\nexpresamente consentida por todas las partes.\r\n\r\nII) conveniente acceder a lo solicitado.-\r\n\r\nATENTO: a lo expuesto.-\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
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  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/216-2011/1" 
 ,"textoArticulo" : "  Autorizar la cesión del contrato de compraventa de acciones ordinarias\r\ndel Nuevo Banco Comercial S.A. de 6 de setiembre de 2005, del Convenio de\r\nSindicación de Accionistas del Nuevo Banco Comercial SA de 1 de junio de\r\n2006 y los contratos de escrow de acciones preferidas y ordinarias del\r\nNuevo Banco Comercial SA de fechas 1 de junio de 2006 y 26 de mayo de\r\n2006, respectivamente.-\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/216-2011/2" 
 ,"textoArticulo" : "   Designar al Sr. Ministro de Economía y Finanzas Ec. Fernando Lorenzo a efectos de suscribir los contratos adjuntos y que forman parte del presente Decreto.- " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/216-2011/3" 
 ,"textoArticulo" : "  Vuelva al Ministerio de Economía y Finanzas a sus efectos.-\r\n " 
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  ] 
  ,"firmantes" : " JOSÉ MUJICA - FERNANDO LORENZO\r\n " 
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