{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "216" 
  ,"anioNorma" : 2003 
  ,"nombreNorma" : "DESIGNACION DE LA ASESORIA AUTORIDAD CENTRAL DE COOPERACION JURIDICA INTERNACIONAL CON COMPETENCIA EN MATERIA DE OBTENCION DE ALIMENTOS" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2003/06/10/6" 
    ,"fechaPromulgacion" : "26/05/2003" 
  ,"fechaPublicacion" : "10/06/2003" 
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  ,"anio" : 2003 
  ,"pagina" : 1163 
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  ,"vistos" : " VISTO: la Convención sobre Obtención de Alimentos en el Extranjero \r\nsuscrita en Nueva York, el 20 de junio de 1956 y aprobada por ley Nº \r\n16.477 de 10 de mayo de 1994;\r\n\r\nCONSIDERANDO: I) que, para alcanzar el efectivo cumplimiento de sus \r\nobjetivos, el mencionado instrumento prevé que los Estados contratantes \r\ndeben designar una o más autoridades judiciales o administrativas que \r\nejerzan en su territorio las funciones de Autoridad Remitente y un \r\norganismo público o privado que lleve a cabo los cometidos de Institución \r\nIntermediaria;\r\n\r\nII) que, habiéndose solicitado a la Suprema Corte de Justicia la adopción \r\nde las medidas necesarias para el cumplimiento del compromiso asumido por \r\nla República a través de la Convención de Nueva York de 1956, esa \r\nCorporación entendió que la designación de las Autoridades Remitentes y \r\nde la Institución Intermediaria excede la competencia jurisdiccional o de \r\nadministración jurisdiccional del Poder Judicial;\r\n\r\nIII) que, de conformidad con el artículo 4 del Decreto 407/985 de 31 de \r\njulio de 1985 en la redacción dada por el artículo 1º del Decreto 95/996 \r\nde 12 de marzo de 1996, compete a la Asesoría Autoridad Central de \r\nCooperación Jurídica Internacional actuar como órgano de recepción y \r\nexpedición de rogatorias judiciales recibidas desde y hacia el exterior;\r\n\r\nIV) que, según el artículo 10 de la Ley Orgánica del Ministerio Público y \r\nFiscal (Decreto-Ley Nº 15.365 de 30 de diciembre de 1982), corresponde al \r\nMinisterio Público en lo Civil representar y defender la causa pública en \r\ntodos los asuntos en que pueda estar interesada, intervenir en el \r\ndiligenciamiento de exhortos de autoridades extranjeras en materia no \r\npenal y actuar en todos los asuntos relativos a las personas e intereses \r\nde los menores, incapaces y ausentes, incumbiéndole expresamente los \r\ndeberes que derivan de la condición de protector oficial de los menores e \r\nincapaces consagrados por la ley;\r\n\r\nATENTO: a lo anteriormente expuesto;\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       \r\n                                                                          \r\n                                 DECRETA:                                 \r\n " 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/216-2003/1" 
 ,"textoArticulo" : "  Desígnase a la Asesoría Autoridad Central de Cooperación Jurídica \r\nInternacional dependiente de la Dirección de Cooperación Jurídica \r\nInternacional y de Justicia del Ministerio de Educación y Cultura, en \r\ncalidad de Autoridad Remitente encargada del cumplimiento de los \r\ncometidos que le asigna la Convención sobre Obtención de Alimentos en el \r\nExtranjero suscrita en Nueva York, el 20 de junio de 1956.\r\n " 
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 , { "nroArticulo" : "2" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/216-2003/2" 
 ,"textoArticulo" : "  Desígnase al Ministerio Público y Fiscal en calidad de Institución \r\nIntermediaria encargada del cumplimiento de los cometidos asignados por \r\nla Convención sobre Obtención de Alimentos en el Extranjero suscrita en \r\nNueva York, el 20 de junio de 1956.\r\n " 
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 , { "nroArticulo" : "3" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
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 ,"textoArticulo" : "  Comuníquese, etc.\r\n " 
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  ,"firmantes" : " BATLLE - DIDIER OPERTTI - LEONARDO GUZMAN\r\n\r\n\r\n " 
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