{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "216" 
  ,"anioNorma" : 1987 
  ,"nombreNorma" : "CODIGO AERONAUTICO. FIJACION DE MULTAS" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1987/06/22/6" 
    ,"fechaPromulgacion" : "28/04/1987" 
  ,"fechaPublicacion" : "22/06/1987" 
  ,"vistos" : "   Visto: lo previsto por el artículo 193 del decreto ley 14.305 del 29 de\r\nnoviembre de 1974 (Código Aeronáutico).\r\n\r\n  Resultando: I) Que en aplicación del inciso 2º de la norma invocada se\r\nincrementó el importe máximo de la multa en 133,53% por decreto 114/977\r\ndel 1º de marzo de 1977; en 47,70% por decreto 78/978 del 8 de febrero de\r\n1978; en 144% por decreto 7/980 del 12 de enero 1980; en 57,62% por\r\ndecreto  22/981 del 20 de enero de 1981; en 32,66% por decreto 637/981 del\r\n22 de diciembre de 1981; en 14,74% por decreto 454/982 del 14 de\r\ndiciembre de 1982; en 61,83% por decreto 89/984 del 1º de marzo de 1984; en 63,75% por decreto 58/985 del 8 de febrero de 1985 y en 66,50% por decreto 141/986 del 11 de marzo de 1986;\r\n\r\n  II) Que el índice de precios de consumo entre los meses de octubre de\r\n1985 y setiembre de 1986, registró un incremento del 69,66% (setenta y\r\nnueve con setenta y seis por ciento).\r\n\r\n  Considerando: que procede actualizar el monto máximo de la multa\r\nprevista por la disposición legal citada, en la forma que en la misma se\r\nestablece.\r\n\r\n  Atento: a lo informado por el Comando General de la Fuerza Aérea con el\r\nasesoramiento de la Comisión Nacional de Política Aeronáutica y dictamen\r\nfavorable de la Asesoría Letrada del Ministerio de Defensa Nacional;\r\n\r\n  El Presidente de la República\r\n\r\n                         DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/216-1987/1" 
 ,"textoArticulo" : "   Auméntase el monto máximo vigente de las multas previstas en el decreto\r\nley 14.305 del 29 de noviembre de 1974 (Código Aeronáutico) en un 69,66%\r\n(setenta y nueve con setenta y seis por ciento).\r\n " 
  ,"urlReferenciasArticulo" : "/bases/decretos/216-1987/1?verreferencias=articulo" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/216-1987/2" 
 ,"textoArticulo" : "   El aumento referido entrará en vigencia a partir de la publicación del\r\npresente decreto.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/216-1987/3" 
 ,"textoArticulo" : "   Dése cuenta a la Asamblea General del Poder Legislativo, comuníquese,\r\npublíquese y pase al Comando General de la Fuerza Aérea a sus efectos.\r\n " 
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  ] 
  ,"firmantes" : " SANGUINETTI - JUAN VICENTE CHIARINO\r\n " 
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